Padres, profesores y psicólogos, contra la orden de alejamiento a la madre que dio una bofetada a su hijo

A. P. / E. Á.

SOCIEDAD

14 dic 2008 . Actualizado a las 02:00 h.

La sentencia que condenó la semana pasada a una madre de Pozo Alcón (Jaén) a 45 días de prisión y a estar alejada 500 metros de su hijo durante un año por propinarle un tortazo ha generado un gran revuelo social y muchas preguntas, porque quien más quien menos ha visto más de cerca que se puede pasar realmente por la cárcel por pegarle un cachete a un hijo. Aunque no existe una opinión generalizada, sí hay algunos puntos de acuerdo. El primero es que la sentencia se ajusta a la ley. Como afirma Javier Urra, que fue Defensor del Menor de la comunidad de Madrid, «la sentencia es correctísima y está ajustada al derecho nacional e internacional que nos obliga. La magistrada ha sido muy cuidadosa a la hora de no solo resolver, sino de elaborar y de plantear las cosas que se le podían decir. Es una resolución muy trabajada».

Sin embargo, también hay quien piensa que se podría haber emitido otra sentencia. Es el caso de María Isabel González Tapia, profesora de Derecho Penal de la Universidad de Córdoba: «Al no haber quedado probado que se trate de un maltrato continuado, quizá se podía haber intentado argumentar que realmente no se trata de un acto que exprese dominación o abuso de un progenitor frente a su hijo menor, y se podría haber excluido del artículo 153, tratándolo como una forma común de maltrato».

Urra también ve otra salida: «Lo grave es que se ha llevado por vía penal, cuando tenía que haberse llevado por un juzgado de familia o la vía civil; es un tema más de servicios sociales, que conllevaría explicarle a la madre que estas no son las formas. Inclusive se le podría haber dicho a la madre: ''Esta es la resolución firme, pero la voy a dejar en suspenso. Si de aquí a uno o dos años no vuelve a repetirse, este tema desaparece'', que es lo que ha pasado realmente».

En esta misma línea se expresa Carmen Guaita, secretaria de comunicación del sindicato ANPE: «El despropósito deriva de suprimir del artículo 153 del Código Penal la frase de que los padres tendrán la potestad de corregir moderadamente a sus hijos. El contenido de esta frase es lo que hacen todos los padres día a día para educar a sus hijos». Coincide con estas declaraciones el presidente de la Confederación de APA públicas de Galicia, Virgilio Gantes, para quien la sentencia constituye para madre e hijo un castigo peor que el propio tortazo. «Es una sentencia demasiado ejemplarizante. La jueza intentó hacer una sentencia ejemplar y pasó lo que pasó, ahora lo pagan madre e hijo», concluye. ?