Un conductor pagará 26.500 euros en indemnizaciones al vecino que atropelló en Entrimo

J. M. G.

OURENSE CIUDAD

Ponerse al volante de un coche después de ingerir alcohol es un delito que no parece preocupar a un importante número de ciudadanos, a juzgar por la cantidad de conductores que pasan por el juzgado. A veces ese delito destaca más por la multa o por la indemnización que se le impone al acusado. Así ha sucedido con José Benito E. al que la magistrada jueza del Penal 1 de Ourense ha condenado porque en la madrugada del 30 de diciembre de 2006 iba conduciendo su coche bajo los efectos del alcohol por la carretera OU-CV-37, en Entrimo.

Al llegar al kilómetro 1,500 invadió el arcén y atropelló a un hombre que llevaba un potro. El animal murió y su dueño sufrió una fractura de tibia y peroné izquierdos, teniendo que ser ingresado y tratado quirúrgicamente, quedándole varias secuelas.

El acusado fue sometido a la prueba de la alcoholemia y dio 0.45 y 0.42 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. Su condena consiste en tres meses de cárcel, no conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un año y un día y, en lo que a responsabilidad civil se refiere, deberá pagar un total de 26.467 euros. La sentencia los desglosa así: 1.098 euros por los 18 días que la víctima estuvo en el hospital; 9.000 euros por los 180 días que estuvo impedido; 2.430 euros por los 90 días no impeditivos; 2.097 euros por la secuela de consolidación en rotación menor de diez grados en la tibia y peroné izquierdos; otros 2.856 euros por la secuela de material de osteosíntesis en la tibia izquierda.

El acusado deberá pagar, además, 6.128 euros por la secuela del tobillo izquierdo y 2.856 euros más por otra secuela, la de las cicatrices que a la víctima le han quedado en la rodilla y pierna izquierdas.

Sin impugnación

La magistrada ha tenido en cuenta la conformidad del acusado en el día del juicio ante las penas solicitadas por el fiscal. Esta sentencia no puede ser impugnada por el acusado ya que se debe precisamente a su propia conformidad con los hechos sucedidos y con la pena de la acusación pública.