Un juez plantea que la subida del canon de Sogama es inconstitucional

Pablo González
pablo gonzález REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

Prepara elevar la norma de la Xunta al Tribunal Constitucional para que se pronuncie, lo que paralizará los procesos abiertos a los concellos que no pagan

23 may 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

El pequeño concello ourensano de Piñor, con apenas 1.300 habitantes, puede ser el primero en poner contra las cuerdas la decisión de la Xunta de marzo del 2014 con la que se subía unilateralmente el canon que los concellos pagan a Sogama por el tratamiento de sus residuos. A la vista de las alegaciones de los abogados de este concello, y con el apoyo de la Fiscalía, el titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Ourense prepara elevar este caso al Tribunal Constitucional, al considerar que la disposición adicional incluida en la Lei de Presupostos de la Xunta en el 2014 podría vulnerar hasta ocho artículos de la Constitución. La última decisión de este juez, de hace solo tres días, es buscar la opinión de las partes sobre dos artículos más que podrían vulnerar la norma autonómica, cuestionada por decenas de concellos que se negaron a pagar la subida del canon y que, por ello, fueron demandados por los letrados de la Xunta.

Aunque todavía no se ha remitido el caso oficialmente al Constitucional, el juez prepara la batería argumental que remitirá al alto tribunal. Cuando lo haga, todos los procedimientos abiertos a concellos por el impago de la subida del canon -cifrada inicialmente en un 34 % y reducida un 10 % este año- se paralizarán con toda probabilidad a la espera del dictamen. En el juzgado de al lado, el número 2, ya se da por hecho que se va a presentar la cuestión de constitucionalidad, por lo que en un auto del 6 de mayo decide suspender el procedimiento abierto contra el Concello de Piñor por el impago de facturas «hasta que se resuelva la cuestión de constitucionalidad [...], a fin de evitar que se pueda dictar una sentencia que luego resulte contraria a la doctrina que fije el Tribunal Constitucional y que se aplique una norma que puede ser finalmente declarada inconstitucional». El concello de Catoira fue condenado hace unos días a pagar 19.748 euros por facturas que no abonó del denominado tasazo.

En su última providencia, el titular del juzgado número 2 , Francisco de Cominges, ya avanza por qué en la norma de la Xunta hay indicios de inconstitucionalidad. Cree que la disposición adicional incluida en la Lei de Presupostos estaba «dirigida a elevar el rango de una decisión que se debió haber emitido mediante una resolución administrativa, con la finalidad de hurtar su control a la jurisdicción contencioso-administrativa». Esto quiere decir que, al tener rango de ley, los jueces de esta jurisdicción se ven obligados a acatar esta disposición.

También considera que se vulnera el principio de autonomía local, se «incumple la legislación básica estatal sobre contratos públicos» y asume que la Lei de Presupostos «no es el instrumento legal adecuado» para regular la gestión de residuos. Además, se priva a los municipios de presentar alegaciones a una decisión administrativa «que les afecta directamente».

Los abogados Pedro Trepat y Xoaquín Monteagudo, cuyo bufete ha llevado este caso, dan por hecho que en breve se tomará la decisión efectiva y el caso del canon de Sogama llegará al Constitucional. Creen que elevar a rango de ley la subida fue una estrategia para evitar los contenciosos de los concellos.

El alcalde de Piñor, Francisco Fraga (PSOE), está satisfecho por las decisiones judiciales, que premian su constancia frente a otros alcaldes que al final se echaron atrás y pagaron la subida. «Siempre he pensado que esta norma de la Xunta era un trágala que nos generaba una gran indefensión», alega. «Y la Justicia está dejando claro -añade- que los alcaldes que nos oponíamos a la subida y defendíamos el contrato en vigor no éramos unos descerebrados. Defendíamos a nuestros vecinos de una subida injusta».