La tutela de menores en los centros de la Xunta baja en favor de la acogida familiar

s. lorenzo SANTIAGO / LA VOZ

GALICIA

El criterio de Benestar de que la estancia con familias favorece al menor rebajó un 11 % el número de internados en tres años

01 may 2013 . Actualizado a las 07:00 h.

Descienden los menores tutelados en los centros que dependen de la Xunta y aumentan los que se encuentran en programas de acogida familiar. El criterio del Gobierno autónomo de que la estancia en un entorno más familiar resulta más beneficiosa para los menores que precisan tutela, una idea que se plasma en la potenciación de las campañas de acogida, ha propiciado que el número de los que se encuentran en centros de la Xunta haya bajado un 11 % desde diciembre del 2009, de 514 a 458. Esa estrategia ha favorecido que el censo de los que están en régimen de acogida familiar aumente un 10,6 %, de 706 a 781.

Además de los 1.239 menores tutelados por la Xunta, tanto en acogida familiar como residencial, hay 707 más en programas que no dependen de la Administración autonómica. Así, en la actualidad 1.946 menores se encuentran en Galicia en régimen de acogida, de los que 691 están internados en centros (458 de ellos, en instalaciones tutelados por la Xunta) y 1.255 se encuentran en acogida familiar. Con estas cifras, los 79 centros que permanecen abiertos en las cuatro provincias para atender a menores están al 83 % de su capacidad total, ya que tienen ocupadas 691 de las 828 plazas de internamiento de protección.

Además de estos programas de índole social y asistencial, la atención a menores contempla también la vertiente judicial. Se trata de los casos ordenados por la Administración judicial y que afectan a menores que incurren en faltas o delitos.

Ejecución de medidas judiciales

La legislación atribuye a la Xunta la ejecución de esas medidas judiciales, que pueden ser de internamiento o de medio abierto. La Justicia dictaminó en el 2012 medidas contra 1.394 menores en Galicia, de las que 390 fueron de internamiento y 1.004 de medio abierto.

Las de internamiento obligan a la Xunta a ejecutar en centros de menores diversas modalidades: régimen cerrado, en la que los menores residen en el centro, donde realizan sus actividades educativas, formativas y de ocio; régimen semiabierto, que les permite llevar a cabo algunas actividades fuera; régimen abierto, por el que los menores residen en el centro pero desarrollan su formación en los servicios de su entorno; internamiento terapéutico, donde se presta una atención educativa especializada o un tratamiento específico a personas que padezcan anomalías o alteraciones psíquicas, dependencia de bebidas alcohólicas, drogas o sustancias psicotrópicas; y permanencia de fin de semana en centro.

Además, la ley establece otros regímenes que no conllevan ingreso. Entre esas medidas de medio abierto están el tratamiento ambulatorio, la asistencia a un centro de día, permanencia en fin de semana (obliga al menor a estar recluido en su domicilio), la libertad vigilada, la prohibición de comunicarse con la víctima o con los familiares o personas que dictamine el juez, las prestaciones en beneficio de la comunidad y la inhabilitación absoluta por un tiempo.