Inhabilitados por prevaricación cuatro concejales ya retirados

Eduardo Eiroa Millares
eduardo eiroa FERROL / LA VOZ

GALICIA

PSOE y BNG de Pontedeume dieron una licencia sabiendo que era ilegal

26 sep 2012 . Actualizado a las 11:41 h.

Los exconcejales nacionalistas Manuel Rei Romeu y Emilio Manuel Salorio Fraga, y los socialistas Julio Yáñez Bengoa y Manuel Allegue Curbeira fueron condenados a una multa de seis meses con una cuota diaria de seis euros en cada caso y a inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos en el ámbito local, según una sentencia del Juzgado de Betanzos que no especifica el plazo de esa inhabilitación.

La misma sentencia absuelve al arquitecto municipal, Manuel Ignacio Valente García, acusado, como los anteriores, de prevaricación, motivo por el que sí fueron condenados los cuatro exediles -ninguno sigue hoy en el gobierno local-, a los que se aplicó una rebaja de pena por el retraso de la Justicia en resolver el caso. Los hechos juzgados se remontan al año 2002 y el fallo judicial se emitió un decenio después.

Los cuatro formaban parte de la comisión de gobierno que aprobó una licencia de obra para una vivienda unifamiliar con los informes en contra de la secretaria municipal.

Los ahora condenados, conocedores del informe, solicitaron otro a la Diputación, que confirmó la posición jurídica de la secretaría. Aún así, decidieron aprobar la licencia. «Este juzgador está convencido de que los integrantes de la comisión de gobierno no tenían dudas acerca de la ilegalidad de la decisión que iban a adoptar, porque se les había explicado claramente en el informe de la secretaria», dice la sentencia. Según el juez, «ninguna duda cabe de que los acusados votaron a favor de la concesión de la licencia sabiendo que era contraria al ordenamiento jurídico aplicable», y además «desoyeron conscientemente los avisos de la secretaría buscando la coartada que les podía ofrecer un informe que les convenía para sus propósitos», por lo que resulta claro, dice el juez, que dictaron una resolución «basándose únicamente en su voluntad, al margen de las normas jurídicas aplicables, constituyendo esa voluntad suya auténtica fuente y razón de su decisión, y saltándose el ordenamiento jurídico aplicable», en una «grave infracción del procedimiento que deberían haber seguido» y «al margen absoluto de la legalidad». El abogado de los exconcejales, José Luis Rodríguez Aranguren, apuntó que la sentencia está recurrida porque no comparte los criterios del juez.

El exedil Manuel Rei recuerda que en esos años se habían dado licencias con informes favorables en la misma zona a otras personas, y que los promotores iniciaron la obra con los mismos criterios hasta que llegó una nueva secretaria que informó negativamente. «Negarlles a licenza entón era cometer un agravio comparativo», dice Rei, que espera que finalmente absuelvan a sus compañeros.