El Supremo abre la puerta en Galicia a que se repartan más herencias en vida

Mario Beramendi Álvarez
Mario Beramendi SANTIAGO / LA VOZ

ECONOMÍA

Pilar Canicoba

La exención del IRPF y la rebaja de sucesiones dan ahora más ventajas fiscales

13 feb 2016 . Actualizado a las 04:00 h.

El fallo del Supremo en el que se dictamina que los bienes recibidos en Galicia mediante pactos sucesorios entre vivos quedan exentos de tributar por IRPF abre la puerta a una mayor transmisión de herencias en vida. A esta sentencia, que se fundamenta en las figuras de apartación y mejora que recoge la Lei do Dereito Civil de Galicia, se añade la rebaja en el impuesto de sucesiones aprobada por la Xunta, en vigor desde enero, y según la cual quedan exentos de tributar los primeros 400.000 euros por heredero. Esto significa que, ahora, muchos beneficiarios quedan liberados de pagar el impuesto que grava las herencias, y quien transmite los bienes -es decir, padres y abuelos, en la mayoría de casos- no tributarán tampoco en el IRPF. «Isto abre un escenario de moita máis liberdade sucesoria en vida, e vanse incrementar os casos», vaticina Xoán Antón Pérez Lema, letrado coruñés, quien ha defendido al demandante que ha ganado en el Supremo la batalla a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).

Según los abogados consultados, la estrategia seguida por Hacienda de ignorar los preceptos del derecho civil gallego y así recaudar más, ha frenado en los últimos años los pactos sucesorios entre vivos. Por ejemplo, en el caso de un padre que deja en vida un piso a un hijo para liquidar la legítima, el fisco obligaba a pagar una plusvalía a quien transmite. La primera duda que surge es por qué se estima que hay un incremento de valor si no hay una operación de venta. «A efectos fiscales, de normativa de IRPF, cuando se regala algo tiene la consideración de una venta, y por eso tiene que tributar el padre o el abuelo que deja un piso», precisa Miguel Caamaño, letrado y catedrático de Derecho Financiero y Tributario. En estos casos, Hacienda calcula la plusvalía con la diferencia que existe entre el precio de adquisición del bien y su valor actual de mercado. Esto significa que en los pisos o casas, por ejemplo, la cantidad a pagar no es precisamente pequeña, lo que puede echar atrás un pacto sucesorio entre vivos.

Un mes para pagar

Hacienda, una vez que tenía conocimiento del acuerdo de la operación notarial, mandaba una liquidación al contribuyente con una cantidad a pagar en un plazo de entre un mes y mes y medio. En caso de querer recurrir, el ciudadano tenía que abonar y esperar, o presentar un aval bancario. El principal valor del fallo del Tribunal Supremo, en respuesta a un recurso de la AEAT, es que aunque el desplazamiento patrimonial se produce en vida, lo importante a efectos de calificación fiscal es la naturaleza jurídica del negocio. «En los supuestos de apartación y mejora se equipara a los negocios mortis causa», explica Caamaño. Es decir, que tendría el carácter de una herencia y no de una donación. El alto tribunal viene así a defender el criterio expuesto en varias sentencias por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), contrario a la tributación por IRPF en estos casos.