¿Un edificio sentenciado?

Alberto Mahía A CORUÑA / LA VOZ

A CORUÑA

El Conde de Fenosa fue construido en 1999.
El Conde de Fenosa fue construido en 1999. paco rodríguez< / span>

Tras 13 años de súplicas judiciales, el Supremo obliga a tirar el Conde de Fenosa

15 jul 2014 . Actualizado a las 10:15 h.

El Ayuntamiento y los vecinos del edificio Conde de Fenosa llevan 13 años sin salir de los tribunales. De disgusto en disgusto. Cuando reciben una buena noticia, a los pocos meses viene un tribunal superior y la tumba. Ahora es el Tribunal Supremo quien ordena el derribo. Pero el gobierno local y los propietarios, pese a que ese fallo no admite recurso, insisten en que hay «soluciones» para evitar que la piqueta, además de pisos, acabe derribando la Hacienda municipal.

Los orígenes

¿Por qué se ordenó derribar el inmueble? Porque el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en una primera sentencia del 2001, dio la razón a un particular que denunció que el inmueble incumplía la licencia otorgada para transformar la sede de Fenosa en viviendas. Tras declarar ilegal la licencia, señalando entre otras cosas que las dimensiones del patio interior son ilegales, y que los permisos parciales otorgados posteriormente no amparan lo construido, ordenó la demolición.

Ejecución

¿Por qué no se acató aún la sentencia? Porque todos los fallos que fueros saliendo en estos últimos trece años fueron recurridos por unos o por otros. Así, el Ayuntamiento ha apelado sistemáticamente todas las sentencias, llevando el caso hasta el Tribunal Supremo, que también le negó la razón. Hasta cuatro recursos de súplica para evitar a toda costa la demolición emitió el gobierno local.

Las sentencias

¿Qué dijo el TSXG durante estos 13 años? Dijo de todo. Desde que había que tirarlo, bajo amenaza de multas si no se hacía, a que había que dejarlo como está, como dictaminó en su última sentencia en abril del año pasado. Entonces, el alto tribunal gallego aceptó la argumentación de los peritos municipales y dictaminó que la demolición parcial de la parte rehabilitada «dejaría la estructura del edificio en una situación en la que resultaría inútil» para devolver el inmueble -que cuenta con un centenar de viviendas- al estado en el que se encontraba antes de las obras. Pero no solo eso, también determinó que la orden de demolición es «desproporcionada» para el fin que se persigue: la restauración de la legalidad urbanística. El fallo incluso relativizó la gravedad de las infracciones cometidas, subrayando que no existe invasión del dominio público, de la propiedad de terceros o un exceso de aprovechamiento.

Recurso

¿Qué respondió el Tribunal Supremo? Tras aquel fallo del TSXG, los denunciantes recurrieron al TS y este les dio la razón, llegando a culpar al Ayuntamiento de actuar de mala fe. Y ordena su demolición.

Amparo

¿Quedan soluciones? El Ayuntamiento, pese a esa sentencia que no admite recurso, asegura que tienen todavía algunas salidas. Fuentes jurídicas dicen que ese edificio jamás se derribará por un principio jurídico que viene a decir que el daño causado por la ejecución de la sentencia sería mayor que su incumplimiento.