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NUEVA LEI DE SOLO La Xunta calcula que unas 100 edificaciones sin licencia pedirán su reconocimiento

Agustín Hernández ha destacado que el gobierno subvenciona el 96% de los ayuntamientos gallegos que están redactando o modificando su planeamiento para adaptarlo a las normas urbanísticas.

Autor:
EFE
Fecha de publicación:
Hora:
Actualizada a las 12:29 h
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La Xunta calcula que unas cien edificaciones sin licencia demandarán su reconocimiento, acogiéndose a las nuevas normas urbanísticas impulsadas por el Gobierno gallego, según los datos aportados por el conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestruturas, Agustín Hernández.

Al inaugurar una jornada sobre novedades normativas en materia de ordenación territorial, Hernández destacó que el Gobierno gallego subvenciona el 96% de los ayuntamientos gallegos que están redactando o modificando su planeamiento para adaptarlo a la llamada ley de Suelo.

Además, recordó que la Xunta, dos meses después de acceder al Gobierno, en julio de 2009, impulsó la modificación parcial de la ley de ordenación urbanística y protección del medio rural, que fue aprobada por el Parlamento en marzo de 2010, año en que también se aprobaron el Plan de Ordenación Territorial y las Directrices de Ordenación del Territorio, destaca una nota del Gobierno gallego.

El pasado mes de mayo, el Diario Oficial de Galicia publicó las cuatro instrucciones que desarrollan los criterios de aplicación de la nueva ley, que se basan, destaca la nota, en la experiencia adquirida en este año de vigencia de la ley.

Agustín Hernández destacó la instrucción para la aplicación de una disposición transitoria sobre edificaciones sin licencia, que permite incorporar al patrimonio de su titular aquellas edificaciones sin licencia o autorización que cumplan una serie de requisitos.

Esta disposición trata de regular las edificaciones hechas sin licencia, existentes con anterioridad al 1 de enero de 2003. Las construcciones podrán inscribirse a nombre de su titular para que puedan incorporarse a su patrimonio, con el objetivo de evitar graves quebrantos económicos.

La instrucción, no obstante, recuerda que el reconocimiento patrimonial no supone en absoluto una legalización de lo construido, sino la mera aceptación del hecho, así como para el mantenimiento de la actividad económica, por lo que en estos casos hay prohibición de consolidar o ampliar la construcción.

Cabe un plazo de dos años para hacer la solicitud correspondiente al Ayuntamiento. En el caso de que la construcción estuviese localizada en rústico de protección de aguas, costas o espacios naturales, será necesario el informe de la Comisión Superior de Urbanismo.

A día de hoy, señala Medio Ambiente, ya han sido presentados 30 expedientes de este tipo para informe de la Comisión y se calcula que en los Ayuntamientos la cifra total ascienda a los cien.

 

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