Un juez permite opositar a un interino al que la Xunta no examinó por obeso

M. Cheda

GALICIA

El Supremo obliga a Presidencia a convocar una prueba selectiva para un candidato vetado en otra del 2002

23 abr 2010 . Actualizado a las 02:26 h.

Por decisión irrecurrible del Tribunal Supremo (TS), la Xunta tendrá que organizar ex profeso unas oposiciones para un solo candidato, un lucense de iniciales R.?M.?L. a quien en el invierno del 2002 impidió participar en un proceso selectivo de funcionarios aduciendo que pesaba demasiado para lo que medía. Además, deberá abonar al aludido, siempre que este obtenga la nota precisa, todos los salarios que habría cobrado desde entonces hasta ahora si en aquella época le hubiesen dejado ingresar en el cuerpo de auxiliares técnicos de la comunidad: aproximadamente 200.000 euros, según fuentes de la Abogacía.

Así lo determina un fallo que, firmado en Madrid a 8 de marzo del 2010 por el magistrado de lo contencioso Pablo María Lucas, acaba de ser comunicado a las partes en litigio. Su sentencia, amén de corregir los actos de la Administración, tumba otra sobre el mismo asunto que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) había emitido el 18 de mayo del 2006.

La génesis de la historia se remonta al 18 de diciembre del 2001, cuando la Consellería de Presidencia había convocado unas oposiciones para cubrir vacantes de agente forestal. Exactamente ese era el cometido que R.?M.?L. llevaba ejerciendo como interino, «a plena satisfacción de sus superiores», desde el 2 de mayo de 1995. De modo que decidió competir para ganar la plaza en propiedad. ¿El reto? Superar tres pruebas, dos de las cuales a la postre no pudo afrontar. Porque en la primera, un reconocimiento médico, el doctor cifró su altura en 1,79 metros y su peso, en 119 kilos, lo cual equivale a un índice de masa corporal (IMC) de 37,1 puntos. Concluidos los chequeos, en noviembre del 2002, el tribunal al cargo del procedimiento optó por declarar no aptos a quienes rebasasen el nivel de los 36. Y en ese momento, recién volatilizados sus sueños, fue cuando el protagonista de esta noticia emprendió una guerra legal contra el sistema que, casi un decenio después y previa derrota en la batalla ante el TSXG, acaba de ganar en la instancia del Supremo.

También mal tallado

El TS lo ha elevado a la categoría de vencedor esgrimiendo dos motivos, básicamente. Por un lado, sin entrar a valorar el «controvertido» criterio de exclusión, aprecia arbitrariedad e incongruencia y proclama: «Los aspirantes han de conocer con anterioridad a someterse a los test selectivos los requisitos concretos a reunir. Y esta condición no se ha cumplido [...] porque solo después de hecho el examen médico se decidió establecer [como eliminatorio un tope de IMC]».

Por el otro lado, el juez incluso cuestiona la validez del tallaje al que Presidencia sometió a R.?M.?L. «La prueba obrante en las actuaciones -aduce- lleva a pensar, apreciada conforme a las reglas de la sana crítica, que el índice de masa corporal del recurrente no fue correctamente calculado». No en vano, un perito imparcial atribuyó luego al lucense una estatura 3 centímetros mayor que la reconocida en inicio: 182 en vez de 179. «Esta circunstancia hace pensar que no fue bien medido en su día y, puesta en duda la altura que se le asignó, no solo se resiente decisivamente el cálculo del IMC, sino que también hay razones para dudar del peso que se le puso», sentencia. «La anterior conclusión -apostilla- se refuerza al considerar que R.?M.?L. venía desempeñando satisfactoriamente las funciones de agente forestal».