Desde el pasado 1 de mayo, conducir un vehículo a motor sin haber obtenido nunca un carné está considerado un delito en el Código Penal tras las reformas realizadas en materia de seguridad vial. Ese delito está recogido en el artículo 384 de la mencionada normativa y los infractores serán castigados con la pena de prisión, de entre tres y seis meses, o con multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad entre treinta y noventa días. Los propios agentes que interceptaron al chófer le comunicaron los delitos por los que estaba imputado y que deberá comparecer ante el juez en las próximas horas.
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