La celebración de las jornadas de la asociación de mobbing de Galicia coindió ayer con una vista oral, en el Juzgado de lo Social número 2 sobre esta materia. Renato S. R. ha demandado al Banco Gallego por entender que ha sufrido en los últimos años un proceso de acoso que ha culminado con su despido. Sostiene que se han infringido sus derechos fundamentales y, por ello, pidio al tribunal que declare nulo el despido y se le reponga en el puesto de trabajo.
El trabajador ingresó en el banco en 1994 y siempre le fue bien, sugiere, hasta que se produjo un cambio en la dirección. A partir de entonces se inició el supuesto mobbing que conllevó primero su traslado a Sada y luego a otra de Pontedeume, donde permaneció hasta que se le comunicó el referido despido, como colofón a un expediente displinario por supuestos incumplimientos de sus obligaciones en el trabajo. Mantiene, además, que este supuesto acoso se concretó en la falta de promoción y los cambios de destino, entre otros.
La empresa, por boca de su abogada, rechazó esta versión y consideró que se trata de una decisión patronal dentro de la ley. El fiscal no secundó la posición de la parte demandante por lo que pidió la desestimación de la demanda al indicar que puede haber un «conflicto laboral», pero no acoso.