El hombre acusado de matar con crueldad un perro en San Felipe tendrá que indemnizar a la dueña
FERROL CIUDAD
Luis Manuel Fernández Acción ha sido condenado a tres meses de prisión por matar con crueldad un perro en San Felipe. Tendrá que indemnizar también a la dueña del animal, con 300 euros.
La sentencia del Juzgado de lo Penal dice que los hechos ocurrieron poco antes de las tres de la tarde del 5 de octubre del pasado año. Luis Manuel Fernández, de 53 años, se encontraba en el embarcadero de San Felipe. Allí mismo ató el cuello del animal con un cable y lo lanzó al agua, izándolo y arrojándolo de nuevo al mar. Debido a los sufrimientos padecidos, el perrito acabó muriendo. Era un cruzado de pequinés propiedad de C. B. T., una vecina del lugar, a la que el encausado tendrá que indemnizar con 300 euros.
El encausado había negado reiteradamente, durante el juicio, haber sido el autor de los hechos que le imputó el fiscal. Pero la sentencia indica que un testigo, José María O. S., expuso claramente como vio que un perro estaba en el agua y nadaba hacia la orilla, pero no podía llegar porque estaba atado por el cuello con un cable, enganchado en el otro extremo al embarcadero.
Al darse cuenta de que lo había tirado al agua Luis Manuel, el testigo lo requirió para que lo soltase y lo reprobó por lo hecho, pero el acusado le respondió que tenía que espulgarlo y que por eso lo hacía.
El policía
Un agente de la Policía Local de Ferrol que llegó al lugar, advertido de lo que estaba ocurriendo, confirmó que el testigo le había narrado los pormenores del suceso, que el guardia no observó directamente.
La sentencia recuerda que el bien jurídico protegido por el delito de maltrato de animales es la dignidad del animal como ser vivo, bien que debe prevalecer -dice- cuando no hay un beneficio legítimo en su menoscabo que justifique el sufrimiento gratuito. En el caso de San Felipe, apunta también, el acusado desprecia la integrad física del animal. Si la definición de crueldad es quien se deleita en hacer sufrir o en los padecimientos ajenos, «nos encontramos claramente en el tipo objetivo» de delito, concluye el fallo.