El supuesto hijo de Crisanto López pide la suspensión del proceso civil

La Voz

CARBALLO

29 nov 2009 . Actualizado a las 02:00 h.

Manuel Enrique Caamaño Vidal, supuesto hijo extramatrimonial de Crisanto López, el hombre cuyo cadáver ha desaparecido del cementerio de Toba (Cee), pide la suspensión del procedimiento civil en curso en tanto se realizan las primeras diligencias de investigación por parte de la Guardia Civil y la Policía Científica para dar con el cuerpo. Tales trámites ya han sido iniciados por el Juzgado de Primera Instancia de Corcubión. «No puede continuar el presente procedimiento en tanto no se practiquen, cuando menos, las primeras diligencias de investigación penal que permitan determinar qué ha sucedido o dónde se encuentran los restos cadavéricos», alega.

Antonio Platas, abogado de Caamaño, indica que es necesario averiguar si el cadáver del empresario muxián ha sido destruido o, si no es así, dónde se encuentra el cuerpo. La silicona que sellaba la lápida, según explicó también el médico forense, estaba recién puesta, fresca y no existía mancha alguna de humedad. Ello puede indicar que el robo del fallecido se produjo pocos días antes de la fecha señalada para realizar la prueba de paternidad que habría de determinar si Caamaño era realmente hijo de Crisanto. Demanda que tanto la Guardia Civil como la Policía Científica lleven a cabo las comprobaciones, indagaciones y averiguaciones oportunas. Una vez verificadas esas primeras diligencias y solo después de conocer si finalmente se podrá llevar a cabo la prueba pericial de paternidad (es decir, si se encuentra el cadáver de Crisanto López), la parte de Manuel Caamaño instaría la continuación del procedimiento.

Comparecencia de las hijas

Afirma, por otra parte, que si no es posible dar con el paradero del cuerpo sustraído en el cementerio ceense, indudablemente solicitará la comparecencia de las tres hijas reconocidas de López Míguez para que se sometan a la prueba biológica, necesaria para la obtención del ADN y así confirmar su parentesco con el empresario muxián tan conocido en la localidad de Cee.

Además, señalan que los hechos sucedidos en Toba constituyen «una auténtica burla contra la Administración de la Justicia», ya que implican, no solo un delito contra el respecto a los difuntos, tipificado en el artículo 526 del Código Penal, sino también la desobediencia y desprecio por la autoridad judicial y sus órdenes. Concluye que, con una actuación criminal, se ha pretendido impedir la práctica de una prueba pericial judicialmente acordada y ello en ningún modo puede ser permitido. Apunta además que tras esa actuación subyacen claros componentes de tipo patrimonial.