El reglamento aprobado definitivamente en el 2009 y que todavía no entró en vigor al no haber sido publicado, establece un nuevo régimen sancionador que contempla multas entre 50 y 400 euros para aquellos vendedores ambulantes que infrinjan la normativa.
Las faltas leves son producir ruidos, la falta de limpieza, aumentar la superficie del puesto, no recoger los desperdicios al finalizar la jornada, colocar mercancías fuera del espacio asignado y no mostrar la autorización cuando le sea requerida por el personal municipal. Ocasionarán multas entre 50 y 100 euros.
Son faltas graves vender productos distintos a los autorizados o deteriorados, desobedecer las indicaciones del Concello, instalar el puesto en un lugar no autorizado, vender productos alimenticios sin el envoltorio reglamentario, la falta de aseo e higiene de vendedores o en los puestos y no acreditar mediante factura la procedencia de los artículos a la venta. Acarrearán multas entre 100 y 200 euros.
Las faltas muy graves, que conllevarán sanciones entre 200 y 400 euros, son entre otras, no estar inscrito en el registro de comerciantes de Galicia, no estar de alta en el IAE o en el régimen pertinente de la Seguridad Social; la venta de productos en mal estado que puedan causar daños a la salud y que esté al frente del puesto una persona no autorizada en vez del titular del permiso.