Una reciente sentencia del Tribunal Supremo (TS), que anula una resolución anterior favorable del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), podría cuestionar en varios extremos la legalidad de la inminente construcción del muelle del Areal en el puerto de Vigo -al que se han destinado cerca de 46 millones de euros- y que supondría el relleno, por el sistema de pilotes sobre el mar, de cerca de 50.000 metros cuadrados de superficie ganada a la ría. El nuevo muelle es el primer gran proyecto de la actual presidenta de la Autoridad Portuaria de Vigo, Corina Porro, cuyo criterio oficial es que la actuación está «integrada perfectamente» en el plan especial del puerto de Vigo.
Según la sentencia del Alto Tribunal, que casa una anterior del TSXG que autorizaba el plan de rellenos de 300.000 metros cuadrados en Marín, se explicita, al margen de la dispar interpretación de los litigantes, que «el plan especial del puerto (habla de la terminal de Marín, en donde nace el recurso en contra del relleno) o instrumento equivalente, se debe limitar a regular usos urbanísticos y no a legitimar las infraestructuras propiamente portuarias, resultando inadecuado para legitimar la creación o ampliación del puerto y en especial sobre ámbitos exteriores a la competencia territorial municipal (como es la lámina de agua)».
Y añade la sentencia del TS: «Es, por el contrario, el plan de utilización de los espacios portuarios (del que, precisamente aún no dispone el puerto de Vigo), el que legitima la implantación efectiva de los usos estrictamente portuarios en los puertos de interés general, en cuanto expresión de la competencia estatal sobre los mismos». Y sigue: «El plan de utilización (que, no lo dice la sentencia del TS, pero sigue sin estar aprobado en el puerto de Vigo) determina la propia creación o ampliación del puerto, precediendo por lo tanto en el tiempo al plan especial, de naturaleza urbanística, en el que simplemente se orden los usos urbanísticos que se implantarán sobre la superficie del suelo portuario».