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LEGISLACIÓN Dudas razonables a la hora de legislar las descargas en la Red

España toma nota de la ley antipiratería que ya se debate en Francia, pero la solución pasa por encontrar vías de negocio

Autor:
Javier Pedrera, «Wicho»
Fecha de publicación:

Cualquier proveedor de acceso a Internet debe tener la capacidad de analizar el tráfico de datos que circula por sus máquinas para poder detectar problemas y actuar en consecuencia, pero en principio nunca tendría que meterse a analizar qué tipo de información descargan o envían sus usuarios, ya que no es necesario para este tipo de mantenimiento y control preventivos.

Lo que se pretende hacer en Francia -donde la Asamblea Nacional ya debate el proyecto de ley-, sin embargo, es obligarlos a analizar qué es lo que se descargan los usuarios.

Independientemente del ingente volumen de información a analizar, que puede suponer un problema, esto es técnicamente sencillo, pues cada paquete de datos que circula por Internet tiene, entre otras cosas, la dirección del ordenador de origen, la del ordenador de destino, e información acerca de si lo que lleva dentro es un fragmento de un correo electrónico, de una página web, un archivo de una red de pares (P2P), etcétera.

Con esta información sería entonces posible saber qué se está descargando cada uno de los usuarios en cada momento, aunque el problema fundamental residiría en cómo pueden determinar los proveedores si el contenido en cuestión está sometido a derechos de autor o no, y aun en el caso de que lo esté, si este usuario está respetándolos o no, ya que servicios como Spotify, que permite escuchar música a través de Internet, o Skype, desde el que se pueden hacer llamadas telefónicas también a través de Internet, funcionan mediante redes P2P.

Esto exige una inversión en ordenadores y programas para analizar todos estos datos y enviar los correspondientes apercibimientos a los usuarios que cometan infracciones, y además hay dudas más que razonables acerca de su legalidad, pues se supone que en la Unión Europea las comunicaciones son secretas e inviolables, al menos sin que medie la orden de un juez.

De hecho, en Irlanda los proveedores de acceso se han plantado ante una iniciativa similar diciendo en una carta abierta que «la privacidad de los usuarios está protegida en las legislaciones irlandesa y europea. No se puede esperar que  los proveedores de acceso ignoren esto simplemente porque no les conviene a una serie de entidades privadas.»

Conviene no olvidar, en cualquier caso, que los proveedores están interesados en vender conexiones cada vez más rápidas a sus clientes, quienes poco interés van a tener en contratarlas si no se les permite usarlas.

Además, ante este tipo de medidas, los desarrolladores de las redes P2P están incorporando funciones que permiten cifrar la información que circula por ellas de tal forma que nadie salvo su destinatario puede descifrarla y usarla, así como la posibilidad de conectarse mediante redes que permiten la navegación anónima como Tor o I2P (Invisible Internet Project), lo que haría prácticamente imposible saber de dónde viene y adónde va cada paquete de información.

En estas condiciones es posible que al principio sí caigan unos cuantos usuarios víctimas de estas leyes, pero en cuanto se extiendan las nuevas versiones de estos programas la tarea de los proveedores de acceso se volverá, si no imposible, al menos sí mucho más complicada, por no hablar de las darknets , redes en las que solo pueden entrar ordenadores «de confianza». En mi opinión, la solución al problema no pasa por medidas técnicas que acabarán fracasando, igual que han fracasado hasta ahora todos los sistemas anticopia que la industria creadora de contenidos ha intentado introducir, sino por buscar otras opciones de negocio que satisfagan a consumidores, creadores, e intermediarios.

 

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