Tráfico ya no exigirá el recibo del seguro del coche para verificar su vigencia

La Voz

SOCIEDAD

13 sep 2008 . Actualizado a las 02:00 h.

La escena es habitual. La Guardia Civil detiene a un automovilista en un control rutinario y entre los papeles que el agente exige al conductor que le enseñe figura el recibo del seguro, cuando no se llevan campañas específicas para comprobar si el usuario tiene la póliza en regla. Pero a partir de ahora, los guardias ya no le pedirán la factura del recibo para comprobar su vigencia. Esta verificación la podrán consultar en el Fichero Informativo de Vehículos Asegurados, cuya creación se recoge en el Reglamento del Seguro Obligatorio aprobado ayer por el Consejo de Ministros.

El fichero, además de controlar el cumplimiento de la obligación de asegurarse, facilitará en un accidente de tráfico la información necesaria sobre la entidad aseguradora que cubre la responsabilidad civil de cada uno de los vehículos implicados en un accidente.

Pero la nueva legislación, que sustituye a la del 2001, introduce otras importantes novedades. Entre ellas, permite compensar daños materiales con la parte de la indemnización por daños personales que no haya sido necesaria. De este modo, si los daños materiales superan los 15 millones de euros establecidos como indemnización máxima, el resto se puede compensar con la parte de la indemnización por daños personales que no haya sido necesaria y cuyo importe máximo es de 70 millones de euros.

Esta reforma, según el Gobierno, logra que el seguro obligatorio de vehículos a motor en España sea «un seguro de cobertura prácticamente ilimitada» que hace innecesario suscribir un seguro obligatorio y otro complementario.

También se simplifican las consultas al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados, al que los ciudadanos podrán acceder sin presentar ningún documento de identidad.

El nuevo reglamento amplía la obligación de suscribir el seguro obligatorio a todos aquellos vehículos que precisen de autorización administrativa para circular. Además, precisa qué siniestros están cubiertos por el seguro obligatorio y cuáles no, como los accidentes vinculados a actividades agrícolas, industriales o de servicios en recintos cerrados propios de dichas actividades, que quedan cubiertos por las pólizas de responsabilidad civil. El objetivo de la reforma es «mejorar la protección económica de los perjudicados en accidente de circulación».