Doble silencio administrativo

La Voz

PONTEVEDRA

24 mar 2011 . Actualizado a las 06:00 h.

Los recursos contra las concesiones se basaron en incumplimientos de las condiciones de la concesión que, en función de su importancia, pueden llegar a ser sancionados incluso con la pérdida de la misma. Pero la clave del fallo judicial reside en el llamado coloquialmente doble silencio administrativo. Los ecologistas plantearon peticiones de caducidad de la concesión en vía administrativa al Servicio Provincial de Costas que, tras ser contestadas con silencio administrativo, fueron recurridas en alzada ante la Dirección General de Costas, que volvió a responder con el silencio. Este doble silencio convierte en respuesta positiva la petición del recurrente en virtud de la normativa de procedimiento administrativo, según expertos que siguieron de cerca los procesos. De ahí, que la Audiencia Nacional no haya entrado en excesivas consideraciones de fondo sobre el incumplimiento de las condiciones fijadas para la concesión y haya ordenado la apertura del expediente de recuperación de terrenos al Servicio Provincial.