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Balonmano El TSXG condena al Teucro a pagarle más de 56.000 euros a Coque Fontenla

El Alto Tribunal Gallego revocó la sentencia de lo Social al estimar confirmado que el club le pagó con retraso por sistema

Autor:
Xabi Otero
Fecha de publicación:

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia revocó con fecha 12 de marzo la sentencia dictada por el juzgado de lo social de Pontevedra y decretó la extinción del contrato que unía a Coque Fontenla con el Teucro. Además, como pretendía el demandante, condenó al club a pagar de forma conjunta todas las cuantías que tendría que percibir en lo que resta de esta temporada, 8.000 euros, y las relativas a la 2009-2010, que se elevan a 35.000 para un total de 43.000 euros.

Sin embargo, a esta cantidad habrá que añadirle las cinco mensualidades que tiene pendientes de cobro, entre noviembre y marzo, a razón de 2.666 euros cada una. Ese montante de 13.330 euros eleva el global final a 56.330 euros.

Reconoce retrasos desde el 2006

El TSXG, que reconoce el hecho de que Coque Fontenla ha sufrido reiterados retrasos en la percepción de su nómina desde julio del 2006, hace especial hincapié en que la situación empeoró a partir del segundo semestre del 2007.

Esa es la razón principal del fallo, que expresa que «declaramos extinguida la relación laboral que unía al demandante con la demandada Sociedad Deportiva Teucro y la condenamos al abono en concepto de indemnización de la cantidad equivalente a la totalidad de las retribuciones acordadas hasta la finalización del contrato».

José Ramón Millán se felicita por la resolución. «Esta decisión se tendría que haber producido en septiembre porque así nos habríamos ahorrado muchos quebraderos de cabeza y Coque no tendría que haber sufrido un mal trago durante meses. Menos mal que le dan la razón ahora porque el tema no tenía más vuelta de hoja», comenta.

Los 1.250 euros no eran reales

Hay que destacar que, a la hora de fijar la indemnización, el Alto Tribunal Gallego no tuvo en cuenta la resolución dictada por el juzgado de lo social, que fijaba el sueldo del deportista pontevedrés en 1.250 euros. Tomó como referencia la cantidad anual que figuraba en el contrato, que era de 32.000 euros para este año y de 35.000 para el próximo. De lo contrario, el resarcimiento del daño se habría reducido desde los citados 56.330 euros a 25.000.

«El salario regulador que se le reconoce a Coque es el que figura en papeles, en recibos, el contrato y en otras cosas. Tenía unas nóminas en las que fluctuaba mucho su sueldo y la jueza de la social tomó por referencia una de ellas, en la que figuraba la mitad del salario real», manifiesta.

Asimismo, el abogado vigués trata de arrojar un poco de luz acerca de la cantidad a la que se refiere el fallo. «Lo normal es que un jugador esté al día, por eso las sentencias suelen hablar desde hoy hasta la finalización del contrato, pero también es cierto que ahora ya le deben cinco meses. Voy a defender esta interpretación porque está hablando de las retribuciones que tenía que percibir según el contrato», sostiene Millán.

«Una de las particularidades que tiene la acción de los deportistas profesionales con respecto a un obrero normal, que se rige por el estatuto de los trabajadores, es que las indemnizaciones normalmente se calculan en función de las retribuciones que faltaban por cobrar. La antigüedad no influye y no se aplican los 45 días por año de servicio».

 

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El jugador siempre estuvo convencido de que ganaría la batalla
Autor de la imagen: | RAMÓN LEIRO

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