Dos docentes de Derecho, premio extraordinario de doctorado

Jesús Manuel García

OURENSE

09 abr 2010 . Actualizado a las 02:00 h.

El coordinador del Grado en Derecho en la facultad ourensana Virxilio Rodríguez Vázquez y la vicedecana Mónica Siota Álvarez han conseguido sendos premios extraordinarios de doctorado por sus tesis La responsabilidad penal en el ejercicio de las actividades médico-sanitarias y La analogía en el derecho tributario , respectivamente. A su vez, ambos han sido galardonados por esta investigación fuera de la Universidad. Virxilio con su proyecto de tesis fue premio nacional Investiga de la Fundación Rafael del Pino, en Madrid, y Mónica, Premio del Instituto de Estudios Fiscales.

«Para mí es la culminación de un trabajo que me ocupó tiempo y es un paso definitivo en mi carrera», dice Virxilio Rodríguez. Su director de tesis es el catedrático de derecho penal Javier de Vicente Remesal. Tuvo una estancia investigadora de un año en Alemania y fue publicando artículos hasta que remató su tesis.

Se siente satisfecho en Ourense por el ambiente y por el alumnado «extraordinario, participativo y tremendamente educado». La tesis trata de fijar la responsabilidad penal en casos de trabajo en equipo de profesionales sanitarios cuando de su actuación se deriva la muerte o lesión grave de un paciente. «El principio de confianza rige el trabajo en equipo», dice Virxilio.

Mónica Siota vio premiada su segunda tesis doctoral sobre la analogía en el derecho tributario, dirigida por María Pita Grandal. La analogía es un procedimiento que usan la Administración y los jueces y que sirve para cuando hay un supuesto que no está regulado. Si hay otro que sí está regulado y es muy parecido, se aplica al supuesto que tiene vacío legal. «La ley dice que en el ámbito tributario la analogía está prohibida pero Administración y tribunales la usan cuando les interesa».

Siota pone el ejemplo de la tasa de los años 60 sobre rifas, loterías y tómbolas. Al aparecer los concursos telefónicos en televisión, tributaban por aquella tasa cuando nada tiene que ver esta tecnología con la de las clásicas rifas. La Administración y los jueces, dice Siota, al no poder hablar aquí de analogía, hablan de interpretación. Pasó lo mismo con los refrescos clásicos y el Tang (polvos para diluir en agua). El Supremo, dice la autora de la tesis, tuvo que decir que esta última marca no entraba en el capítulo de refrescos.