El Tribunal Supremo, al zanjar ahora este recurso contencioso-administrativo con la declaración de inadmisibilidad, impone las costas procesales a la parte recurrente, es decir, a la empresa Sugasa. El procedimiento se inició en el año 2003. El Tribunal Superior de Galicia dictó sentencia el última día de octubre del 2008 y ahora es el Supremo el que le da carpetazo definitivo.
Declara el tribunal «que la cantidad máxima a reclamar en concepto de honorarios de letrado por la parte recurrida es de 1.000 euros para cada una de las partes recurridas, atendida la actividad profesional desarrollada por el referido letrado en el presente recurso de casación, al igual que esta Sala ha resuelto en supuestos similares».
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