El juez apercibe a los implicados de detención si no acuden a la cita

La Voz

OURENSE

Aunque el fiscal aprecia indicios de delitos continuados de falsedad y prevaricación, en la primera resolución del Jugado de Instrucción únicamente se hace referencia a la falsedad.

En el auto de admisión a trámite de la querella, que supone la incoación de diligencias previas y se completa con las primeras citaciones, no se hace referencia a la prevaricación. En medios próximos a los querellados se ha querido conceder relevancia a este detalle, si bien otras fuentes lo atribuyen a una omisión involuntaria y sin trascendencia, haciendo notar que no se concretan ni los delitos ni las presuntas responsabilidades hasta el auto de incoación de procedimiento abreviado.

El juez ha citado para el mismo día tanto a los seis querellados como a tres de los testigos propuestos por el fiscal: la concejala Ana Garza y los representantes de las empresas Contact Comunicación y Prodigio Ltda. Estas dos empresas aparecen en el expediente municipal con ofertas para explotar el servicio de paneles que, según el fiscal, habían sido presentadas con fines informativos y fueron incorporadas para dar cobertura a la adjudicación a dedo a Afiador S.L.

En lo que se refiere a los querellados, el teniente alcalde y su antecesor, Andrés García Mata y Alejandro (sic) Sánchez Vidal; el director general de turismo, David Cortón; el funcionario Elías Domínguez Prieto, y los empresarios José Omar Bouzo y Daniel Conde Campos, socios de Afiador Produccións, el auto incorpora la anotación de que se les cite «para ser oídos en calidad de imputados, con el apercibimiento de acordarse su detención».