Dos años de cárcel por lanzar un vaso a una mujer tras una pelea en un pub de Maceda

La Voz

OURENSE

Los incidentes registrados en en un pub de Maceda durante la madrugada del 28 de julio del 2007, en los que resultó herida una mujer tras recibir el impacto de un vaso de cristal en la cara, tienen ya respuesta judicial. Estos días se notificaba una sentencia en la que se condena al responsable de aquel incidente a una pena de dos años de prisión, al considerarlo culpable de haber cometido un delito de lesiones.

Así, se considera probado que Marcial González, a quien le será posible presentar recurso ante la Audiencia provincial contra este fallo, fue la persona que lanzó el vaso contra una mujer que se encontraba en el pub Contraste, en Maceda. Queda igualmente probado que antes de que eso ocurriera, el acusado había iniciado una discusión con otro cliente del local, en medio de la cual y «con total menosprecio de la integridad física de las personas que se encontraban en el local, arrojó un vaso de vidrio que se rompió, impactando un cristal en A. G. P., que se encontraba en el lugar».

A consecuencia de lo ocurrido, la mujer sufrió una herida en el párpado superior derecho, otra en el labio y otra en el ojo, que precisaron para su tratamiento puntos de sutura. Fruto de aquello, a la víctima le ha quedado como secuela un perjuicio estético, según recoge la sentencia.

Lo reconoció

El propio acusado reconoció, durante la vista oral por este caso, que la noche de autos estuvo en el pub y «tuvo una reyerta con una persona». Asimismo, relató que cogió un vaso de tubo para darle a su oponente, aunque el objeto alcanzó a la mujer, pese a que no iba dirigido a ella. También los testigos citados a declarar, entre ellos la víctima, realizaron un descripción similar de como habían ocurrido los hechos, de forma que la magistrada encargada de juzgarlos ha encontrado pruebas suficientes para desvirtuar la presunción de inocencia del sospechoso.

Respecto a la calificación de los hechos, se considera que aunque el acusado no quiso golpear a la víctima, sí actuó con conocimiento del «peligro concreto que con su acción generaba, ya que tenía que saber que si arrojaba un vaso de vidrio en el lugar en el que había varias personas, existía la posibilidad cierta de que el vaso se rompiera con el golpe y alcanzase a alguien».

Por ello, impone al acusado una condena de dos años de prisión, además de la obligación de indemnizar a la víctima con 6.228 euros, y al Sergas con 2. 919, por los gastos médicos que provocó la atención a la damnificada.