El desenlace del conflicto se enrarece con la posibilidad de que lleguen a reclamarse responsabilidades penales

La Voz

OURENSE

26 abr 2008 . Actualizado a las 02:00 h.

Mientras los grupos municipales pelean su particular batalla de la rentabilidad política y retrasan el inevitable momento de la puesta en común, el destino del Plan Xeral de Ordenación Municipal de Ourense sigue totalmente condicionado a las decisiones que puedan adoptar los tribunales de justicia, tanto a corto como a medio plazo.

El caso, por el momento, llegará con toda seguridad al Tribunal Supremo, con lo cual, al no ser firme la sentencia, el gobierno local dispondrán de un margen de tiempo para buscar la mejor salida a la crisis política abierta por la sentencia de la sección segunda de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Galicia, que anuló el mismo PXOM.

Dudas sobre la aceptación

En medios profesionales especializados en legislación de lo contencioso-administrativo se apuntan, en primer lugar, serias dudas sobre la simple aceptación a trámite del recurso de casación, en la medida en que el Tribunal Supremo solo discute aquellas cuestiones que afectan al derecho estatal o comunitario. En este caso es, al parecer, opinable si un plan de urbanismo como es el de Ourense, aprobado por un gobierno autonómico, se puede ceñir únicamente a la legislación autonómica.

Que el particular que ha ganado el caso llegue a plantear una ejecución de sentencia y la misma sala de lo contencioso la acepte es también una posibilidad que desbarataría los planes municipales, aunque, en este caso, la previsible solicitud de un fuerte aval, la haría inviable.

Procedimiento penal

En cuanto a la posibilidad de que este conflicto acabe dando lugar a la apertura de un procedimiento penal, bien por iniciativa del particular que en su momento presentó el recurso o por alguna otra persona, los técnicos de la administración y abogados consultados por La Voz indican que la legislación penal abre muchas opciones por el peso de la intencionalidad, desde la más grave hasta las menos, cuando se trata de negligencias o meras imprudencias.

La posibilidad de que en este caso pueda existir un supuesto de falsedad documental es algo que, no obstante el grado de responsabilidad y su delimitación personal, admiten las mismas fuentes, siempre a expensas de un detenido análisis de las condiciones y las circunstancias.