La magistrada no ve delito en que dos acusados vendiesen copias de cedés y deuvedés falsos

La Voz

OURENSE

22 dic 2007 . Actualizado a las 02:00 h.

La venta de material falsificado, en este caso copias de cedés y deuvedés pirateados, no constituye un delito penal. Así lo ha dictaminado, al menos, la magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 de la capital ourensana, que ha absuelto a dos acusados que fueron arrestados por agentes policiales en la capital ourensana cuando se encontraban en posesión de 570 cedés.

Pese a que en la sentencia se considera probado que los dos detenidos, Alioune B. B. y Maoloud N., tenían expuestas esas copias en una manta, para su venta al público, la magistrada argumenta, en base a distinta jurisprudencia, que «la venta ambulante en una feria de unos pocos cedés o deuvedés, que supone una vulneración del derecho a la exclusividad que concede la propiedad intelectual, es de tan escasa entidad que no tiene encaje en el artículo 270 del Código Pena».

Además recuerda la ponente que para dictar una sentencia condenatoria sería preciso comprobar la aptitud o idoneidad de la conducta, es decir, comprobar si los deuvedés eran visibles y los cedés audibles, lo que no se ha realizado, por lo que la prueba no es suficiente y se absuelve a los imputados.