Pillan a un conductor sin carné, ni seguro y ebrio en Gondomar porque no llevaba cinturón

Monica Torres
Mónica Torres GONDOMAR

GONDOMAR

Marta G. Brea

El hombre, que nunca obtuvo el permiso de conducción, se expone a pena de prisión

20 nov 2018 . Actualizado a las 19:28 h.

¿Inconsciencia o exceso de seguridad en sí mismo? La Policía Local de Gondomar cazó este lunes a un vecino de la villa al volante de un vehículo sin cinturón. Pero la sorpresa de los agentes fue mayor al requerirle la documentación y darse cuenta de que no solo habían tenido buen ojo al percatarse de que no llevaba este dispositivo obligatorio de seguridad, sino que el olfato policial tampoco les había fallado. Lo del cinturón de seguridad era casi una anécdota, al descubrir que no había carné de conducir a su nombre ni nunca antes lo había habido y que además, el coche con el que circulaba por el pueblo tampoco tenía el seguro obligatorio pertinente.Siguiendo el protocolo, los policías le practicaron la correspondiente prueba de alcoholemia y sí, el conductor sin carné, ni seguro ni cinturón, dio positivo, por lo que su paseo terminó sin más consecuencias a terceros, gracias a la Policía Local de Gondomar, pero con una denuncia bajo el brazo por un delito contra la seguridad vial. Deberá acudir al juzgado de Vigo cuando sea requerido por la autoridad pertinente.

Conducir sin la correspondiente licencia conlleva una sanción económica y administrativa. Considerada una infracción de tráfico muy grave acarrea una multa de hasta 500 euros y la pérdida de cuatro puntos en el permiso de circulación (estos puntos se quitarán a quienes tienen el carné en suspenso por orden administrativa o judicial cuando lo recuperen). Está considerado como un delito, tipificado en el artículo 384 del Código Penal. Según el texto legal, «El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de 3 a 6 meses o con la de multa de 12 a 24 meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días». La misma pena se impondrá al que conduzca tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que lo hiciera sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción».