La Iglesia negará el funeral religioso si las cenizas se guardan en casa o se esparcen

M. Santalla / M. Mosteiro REDACCIÓN, SANTIAGO / LA VOZ

SOCIEDAD

Paloma Ferro / Dani R. Portela

El porcentaje de personas que optan por la cremación en Galicia no llega al 20 %

26 oct 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

Hayan elegido la inhumación o hayan mostrado su preferencia por la incineración, los católicos que hayan fallecido deben permanecer en lugar sagrado. Esa es la doctrina que ayer divulgó el Vaticano para la sepultura de los difuntos. Según las normas que hizo públicas la Congregación para la Doctrina de la Fe, no está permitida la conservación de las cenizas en el hogar, ni tampoco «la dispersión de las cenizas en el aire, en la tierra o en el agua», sino que deben depositarse en un espacio sagrado. En caso contrario, el difunto no podrá tener un funeral religioso. El cardenal alemán Gerhard Ludwig Müller, encargado de explicar la nueva normativa, lo deja muy claro: «En el caso de que el difunto hubiera dispuesto la cremación y la dispersión de sus cenizas en la naturaleza por razones contrarias a la fe cristiana, se le han de negar las exequias».

La explicación que da la Iglesia a esta negativa a esparcir las cenizas o a conservarlas en el hogar en lugar de en un cementerio es que con ello se esquiva el riesgo de que los muertos «sean olvidados por sus familias y por la comunidad cristiana». También se evitan, argumenta el cardenal Müller, «posibles descuidos y faltas de respeto por parte de las generaciones sucesivas». Además, recuerda que la doctrina católica prohíbe claramente que las cenizas se conviertan en recuerdos, joyas u otros objetos, e igualmente veta la distribución de las cenizas de un difunto entre varios parientes. 

«Se aplicará el sentido común»

Una vez conocidas estas disposiciones, Manuel Blanco, delegado de Medios del Arzobispado, apuntó ayer que en la diócesis de Santiago se cumplirá la doctrina marcada en el nuevo documento aprobado por el papa Francisco. Blanco matizó, sin embargo, que después de analizar el documento la negación del funeral está vinculada, como ya ocurre con la cremación, a que la decisión sea como consecuencia de una «justificación contraria a la fe», es decir, que no se comparta la doctrina católica, pero recordó que en todas las parroquias se realizan funerales de personas que han sido incineradas, porque se aplica «el sentido común». El mismo matiz es aplicable para la nueva normativa que impide, desde ayer, los funerales en memoria de fallecidos cuyas cenizas vayan a ser esparcidas o conducidas al domicilio; es decir, Blanco considera que el «sentido común» dictará la forma de actuar, de modo que en los casos en los que se justifique la decisión «por ser contraria a fe» no habrá funeral», pero en aquellos en los que a las familias les mueva más una cuestión de apego, fe y necesidad de tener los restos cerca «se aplicará el sentido común que siempre rigen estas situaciones». En cualquier caso, Manuel Blanco indicó que se continuará recomendando a los católicos que se entierren los cuerpos sin incinerar, y recordó el dogma de fe que habla sobre la resurrección de la carne».

La incineración es una alternativa que crece año a año, pero que, pese a ello, todavía es minoritaria. Lo es en España, donde en el 2015 fueron incineradas el 36,25 % de las personas fallecidas. Y lo es todavía más en Galicia, donde ese porcentaje no alcanza siquiera el 20 %, según confirmaba ayer el presidente de la Federación Galega de Servizos Funerarios, José Becerra. Teniendo en cuenta que en el año 2015 se contabilizaron en Galicia 31.403 defunciones, la cifra de cremaciones realizadas en la comunidad rondó las 6.000.

Además, desde las empresas funerarias constatan que si el número de incineraciones es todavía modesto, mucho más lo es el de aquellas personas que deciden llevarse a casa las cenizas de su familiar difunto o esparcirlas en algún lugar. El presidente de la asociación de funerarios de Ourense, García Aliende, dice que son casos muy raros, calcula que en torno al 1 %, según informa Fina Ulloa desde la redacción de La Voz en Ourense.

Permisos especiales reservados para casos «excepcionales y graves»

El prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el cardenal Müller, apuntaba ayer que esa norma tendrá excepciones. En casos «excepcionales y graves», dijo, los obispos pueden conceder un permiso para conservar las cenizas en el hogar, y puso como ejemplo las zonas de guerra, en las que la sepultura resulta difícil. Inicialmente prohibida, la cremación fue una práctica que la Iglesia católica autorizó en el año 1963, y desde entonces ha ido progresivamente en aumento. La instrucción sobre ella emitida por el Vaticano fue aprobada por el papa Francisco en marzo de este año y divulgada ayer, siete meses después.