Ryanair condenada por denegar el embarque a una niña de dos años

EFE

SOCIEDAD

La compañia aérea no permitió que la menor subiera a bordo del aparato por carecer de DNI

12 jul 2013 . Actualizado a las 18:14 h.

El juzgado número 3 de lo mercantil de Valencia ha condenado a la compañía aérea Ryanair a pagar más de 1.000 euros a una familia española. La aerolínea denegó el embarque, en un vuelo a Santiago de Compostela, a la hija de dos años del matrimonio por no poseer el Documento Nacional de Identidad.

La asociación valencia Tyrus, de donde procede la familia, ha sido la encargada de realizar la demanda y ha mostrado la sentencia que es firme y condena a la compañía a pagar los costes procesales.

Tal y como ha comunicado la Asociación de Amas de Casa y Consumidores, Ryanair no quiso admitir el libro de familia que llevaban los padres para identificara la menor y le reclamaron el DNI que no poseía, por lo que el embarque se lo denegaron «de forma injustificada» con la consecuente pérdida de vuelo y los perjuicios que ello conllevó.

El fallo deja ver que Ryanair conocía la reclamación previa que los demandantes habían interpuestos y la rechazó por lo que «se han visto obligados a interponer demanda e incoar un juicio, con los gastos que ello puede suponer. Por tanto, se considera que la sociedad demandada ha actuado con temeridad y mala fe».

Tyrus ha informado que el Plan Nacional de Seguridad Aérea dispone que, en los vuelos nacionales, los menores de 14 años pueden volar sin el DNI siempre que vayan acompañados de sus padres y del libro de familia.