Un vigués recibirá 61.700 euros por una prótesis de cadera defectuosa

Alfonso Andrade Lago
alfonso andrade REDACCIÓN / LA VOZ

SOCIEDAD

Oscar Vazquez

La sentencia, recurrible, condena a Johnson & Johnson y exime al cirujano

29 oct 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

Una sentencia del juzgado de primera instancia número 14 de Vigo estima parcialmente la demanda interpuesta por el vigués Carlos Díaz Pérez contra Johnson & Johnson por la colocación de una prótesis de cadera defectuosa. El juez condena a la multinacional a pagar 61.791,72 euros, si bien la sentencia podría ser recurrida tanto por la acusación como por la defensa. Se desestima además cualquier responsabilidad del cirujano que operó a Díaz Pérez.

No es la primera sentencia condenatoria en España contra Johnson & Johnson, pero sí en Galicia, lo que podría abrir la vía a nuevas demandas, pues, aunque se desconoce el número de prótesis del tipo ASR que se vendieron en esta comunidad, el abogado que llevó el caso en primera instancia, Emilio Ortiz, sostiene que Galicia, por su alta tasa de envejecimiento, «es seguramente la más afectada».

En el año 2006, Carlos Díaz pasó por el quirófano de una clínica privada para colocarse una prótesis en la cadera derecha como consecuencia de una necrosis. Se le colocó una ASR de la firma Depuy, filial de Johnson & Johnson. Cuatro años más tarde, el propio hospital, siguiendo las recomendaciones del Ministerio de Sanidad y la Sociedad Española de Cirugía de Cadera, informó a su paciente de que podía haber serios problemas con esa prótesis, debido al desprendimiento de iones metálicos por encima de los niveles tolerados por las autoridades sanitarias, según consta en los hechos alegados por Carlos Díaz que recoge la sentencia.

Es decir, que el roce metálico de las diversas partes de la prótesis liberaba metales que se alojaban en su organismo. En abril del 2011 se le hizo una revisión en el hospital que arrojó niveles preocupantes de metal en su cuerpo. Sobre esto afirma el juez que «de las pruebas periciales aportadas al presente proceso resulta que los tres elementos de la prótesis de cadera que le fueron implantados a don Carlos en el 2006 presentaban defectos de diseño y fabricación que causaron la liberación de partículas metálicas en el interior del organismo, en proporciones superiores (más de 21 veces en el caso de los iones de cobalto y más de 19 veces en el de los iones de cromo, según el análisis de sangre de fecha 23 de mayo del 2011) a las que habrían resultado en el caso de que aquellos presentaran un correcto funcionamiento.

En la sentencia, el juez establece un triple baremo para calcular el monto de la indemnización. En primer lugar desglosa la incapacidad temporal que sufrió Carlos Díaz, que deberá percibir 348,05 euros por cinco días de estancia hospitalaria, 3.576 por sesenta días impeditivos, y 3.502,9 por 115 no impeditivos. En segundo lugar tasa el perjuicio estético sufrido por el vigués en 3.292,8 euros. A estos dos primeros conceptos les incrementa un 10 % por perjuicio económico, de lo que resulta una primera partida de 11.791,72 euros. Pero además hay también una indemnización por daño moral que el juez valora en 50.000 euros, cantidad que sumada a la anterior arroja la cifra de 61.791,72.

Culpa y causalidad

Respecto a la responsabilidad de la multinacional, la sentencia tampoco deja lugar a dudas: «En suma, Johnson & Johnson S. A. comercializó la prótesis de cadera que le fue implantada a don Carlos el 13 de noviembre del 2006 omitiendo la diligencia debida de asegurarse de que cumplía con las exigencias legales para su uso seguro». Agrega que concurren aquí «la culpa y la relación de causalidad, pues, jurídicamente, la no evitación del daño equivale a su causación cuando, como en el presente caso sucedía, existe el deber de actuar para su prevención».

La Voz de Galicia se puso en contacto con Johnson & Johnson, que declinó hacer cualquier comentario sobre esta sentencia.

Nueva demanda por un caso relacionado presuntamente con un cáncer letal

«Estoy muy satisfecho con esta sentencia, que puede facilitar el camino a otras personas afectadas por el problema de las prótesis defectuosas», valora el abogado Emilio Ortiz, a pesar de que la acusación reclamaba una indemnización mayor que incluía, entre otros conceptos, «la posible aparición de problemas futuros por la exposición y la intoxicación por cromo y cobalto».

El letrado recuerda que «Johnson & Johnson tuvo conocimiento en el año 2005 de la alta tasa de fracaso de estas prótesis, y, sin embargo, esto no se comunicó hasta la alerta sanitaria del 2010». El 26 de agosto de ese año, Depuy Orthopedics Inc. emitió una nota anunciando la retirada voluntaria de su producto del mercado.

Ortiz, que canaliza varios procesos sobre prótesis defectuosas en España a través de la plataforma www.emilioortizabogados.com, afronta ahora un nuevo caso por una demanda interpuesta por una familia coruñesa. Será «el primero» en el que se intente acreditar la presunta vinculación entre una prótesis de cadera defectuosa y la posterior muerte de una persona «por cáncer de intestino». La indemnización reclamada es de 804.914 euros y la vista tendrá lugar en Madrid.

Unas tres mil en España

El abogado calcula que en España debe haber «más de tres mil afectados por prótesis defectuosas, aunque el dato oficial que aporta Johnson & Johnson es de 1.471». Los hospitales a los que atañe el problema «son setenta». El caso del vigués Carlos Díaz supone la cuarta condena en el país contra la multinacional por estas ortopedias. «De momento, lo más importante -agrega Ortiz- es haber conseguido una condena en la que se declara que el producto es defectuoso y que existe responsabilidad de Johnson & Johnson».