Archivan las denuncias de un padre que desde junio no logra que su hija esté con él

La Voz OURENSE

VERÍN

Una sentencia concede desde mayo la custodia a la madre y fija períodos vacacionales estrictos que no se están cumpliendo

25 ago 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

Los incumplimientos del régimen de visitas de una menor «no son constitutivo de infracción penal», según sendos autos de los juzgados de Verín 1 y 2, dictados con la misma fecha del mes de julio, en respuesta a las denuncias que presentó el padre en el cuartel de la Guardia Civil de Verín. La modificación del régimen de guardia y custodia de la menor, compartida por sus progenitores hasta el pasado mes de mayo y modificado entonces por sentencia del Juzgado de Verín 2 para conceder la custodia a la madre y fijar un estricto y detallado régimen de visitas y vacaciones, ha cambiado de forma radical las relaciones. La menor tiene 16 años, el cambio de situación se produjo de acuerdo con sus preferencias, pero el padre no quiere renunciar a las responsabilidades familiares que le corresponden.

Indica la sentencia de modificación de medidas la procedencia de «atribuir al padre el derecho a tener en su compañía a la menor durante fines de semana alternos y durante la mitad de los períodos vacacionales». De la teoría a la práctica está mediando, sin embargo, un largo trecho.

En la propia sentencia anotaba el juez, de acuerdo con la exploración de la menor, que esta mantenía una «relación tensa» con su padre, por lo que se acordaba que los períodos vacaciones no fuesen continuados, es decir, que fueran por quincenas y no por meses completos. Ya en la sentencia se recogía la impresión de la adolescente, en el sentido de que las vacaciones largas o continuadas con su padre no le resultaban agradables», por lo que se fijaban períodos de quince días. El progenitor aún espera por el primer de ellos.

Tan consciente de las preferencias de la menor, como que pronto será mayor de edad, el padre dice que no renunciara su responsabilidad. «No podrá decir, cuando hayan pasado los años, que su padre se desentendió de su educación», proclama.

La niña, de fiesta

El primer incumplimiento se produjo el primer fin de semana de junio. Lo denunció el sábado en el cuartel de la Guardia Civil de Verín. La noche anterior no logró ver a su hija ni hablar con ella. A las diez y media de la noche del viernes, de acuerdo con  la comparecencia, recibió una llamada de la madre, de quien está divorciado, para decirle «que la niña está de fiesta y no quiere ir con el padre, y cortando la comunicación acto seguido sin dar tiempo a dar o pedir explicaciones de ningún tipo».

Aquella primera denuncia dio paso a una segunda, al no haber logrado contactar con la menor cuando debería haber estado con el padre la primera quincena de vacaciones. En los juzgados de Verín, con la misma fecha del 20 de julio, le notificaron dos autos prácticamente idénticos, en los que se al mismo tiempo se incoaban diligencias por sus denuncias y se decretaba el archivo. «Los hechos a que se refieren no son constitutivos de infracción penal», concluía.

Al progenitor le llama la atención, según ha dicho en sus recursos, el archivo sin que se hayan practicado diligencias y convocado a las partes.

El conflicto llega a la Audiencia

El archivo de las denuncias que el padre de esta menor presentó en los juzgados de Verín dio lugar a que, en el plazo de cinco días que le daban en cada  caso, presentara los correspondientes recursos de apelación para que la Audiencia Provincial revisara la actuación. Habló con su abogado, que le preparó los escritos con la diligencia obligada por el calendario. En uno de los juzgados de Verín se lo recogieron y considera el afectado que se ha tramitado. En el otro, sin embargo,  se lo rechazaron por defecto formal. Le dieron un día de plazo para que lo corrigiera. «Era viernes, 31 de julio, me daban un día, no encontré procurador, que era lo que me pedían, y lo dejé pasar. No sé cuál es su situación, ni si se está tramitando», dice, sorprendido por las formas.