La independencia catalana en una España federal

Luis Moreno TRIBUNA

OPINIÓN

05 ene 2017 . Actualizado a las 09:47 h.

España es un país de textura federal. Tal calificativo no aparece en ninguna de sus disposiciones constitucionales. Empero, el caso de la «federación embozada» española ocupa la atención en los foros científicos de investigaciones y estudios internacionales. En la variopinta configuración de los Estados federales, donde vive un 40 % de la población mundial, el principio común a todo ellos es el de hacer compatible unidad y diversidad mediante el pacto político. Foedus en latín alude precisamente a eso: pacto.

El denominado Estado autonómico es un sucedáneo en la casuística federal internacional, y cuyo recorrido político natural debería haber consolidado un sistema plenamente articulado por la filosofía federalista. Ello no ha sido posible por la intransigencia de los nacionalismos centralista y periférico. La situación actual entre españolistas del «ordeno y mando» y catalanistas del «todo o nada» es desalentadora por su potencial de frustración y enfrentamiento.

¿Es posible articular una salida política entre secesionismo y unitarismo? ¿Se pueden conciliar independencia y federalismo? Por contraintuitiva que pudiera parecer, la respuesta es afirmativa considerando los diversos grados que pudieran pactarse entre lo uno y lo otro. De la misma manera que sería un brindis al sol pensar que una nación como Cataluña pueda alcanzar hoy la soberanía funcional de los viejos Estados-nación westfalianos, tampoco es plausible convenir que una nación como España pueda asfixiar los deseos de mayor autogobierno de sus territorios constituyentes.

La torpe confusión entre nación y Estado en la sentencia del Tribunal Constitucional de junio del 2010, sobre la reforma del Estatuto de Autonomía catalán del 2006, hace rememorar la visión afrancesada jacobina, para la cual ambos conceptos relacionales son sinónimos e intercambiables. El tribunal optó por generar teoría política en vez de ceñirse a su genuina misión jurisdiccional. Como resultado de la sentencia, se rompió dramáticamente el pacto que había inspirado el encaje territorial de la Constitución de 1978, y mediante el cual un parlamento autonómico no podría imponer un estatuto con el que el conjunto del Estado (legitimado en sus funciones arbitrales por el Tribunal Constitucional) estuviese en desacuerdo, pero por el cual tampoco el alto tribunal podría hacer tragar con la sanción de un estatuto no aprobado y consentido por los ciudadanos de una comunidad autónoma.

Naturalmente que la Generalitat no puede convocar unilateralmente un referendo de autodeterminación sin contravenir las disposiciones constitucionales españolas. Si lo hiciese, sería ilegal. Para solventar semejante dilema se requiere un acuerdo de élites entre partidos, sindicatos, patronal y organizaciones relevantes de la sociedad civil. El principal requisito para ello es afrontar un diálogo generoso y discreto en forma parecida a lo que sucedió tras la muerte del dictador Franco. El eventual compromiso debería respetar todas las posiciones en juego y sería sometido a referendo en toda España, incluida Cataluña. De sus resultados se extraerían claves interpretativas y legitimidades superadoras del presente clima de desesperanza. Ante la cercanía de la Epifanía, algún lector pensará que esta es una carta a los Reyes Magos de Oriente. Piénsese tan solo que es una reflexión con los mejores deseos para el nuevo año.