La Xunta quiere reforzar el control en los criterios de renuncia de interinos

Tamara Montero
tamara montero SANTIAGO / LA VOZ

GALICIA

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Pretende restringir los casos en los que pide licencia por estudios y por trabajo

05 abr 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Es el sistema más transparente que existe. Pero donde se hace la ley, se hace la trampa. Para evitar ciertas disfunciones que se estaban dando en las razones que podían esgrimir los interinos para renunciar a una plaza sin penalización, la  Xunta ha propuesto una serie de correcciones en el acuerdo sobre este colectivo que tiene firmado con los sindicatos. Se trata de evitar que, al final, la excepción se convierta en la regla.

Contratos

Solo temporales. La intención de Educación es que partir de ahora, solo puedan renunciar a una vacante los interinos que presenten un contrato temporal. Ya no servirían los contratos de carácter fijo ni tampoco el haberse dado de alta como autónomo para poder decir que no a una plaza sin ser penalizado. La picaresca ha llevado a profesionales a darse de alta como trabajador por cuenta propia apenas dos días antes de un llamamiento para poder renunciar a la plaza sin ser penalizado. Otra de las novedades es que bajo la denominación de empleo temporal se incluiría también a los trabajadores públicos. Podrán acogerse a esta renuncia aquellos docentes que temporalmente estén trabajando para la Administración.

Ampliación de estudios

Solo superiores. Hasta el momento, los requisitos que había que cumplir para cursar una renuncia a una plaza por motivo de ampliación de estudios era más relajada e incluía, por ejemplo, el estar estudiando un idioma. La Administración, sin embargo, ha propuesto que tan solo se pueda renunciar cuando se certifique que se está estudiando un título superior al que se tiene para acceder a la plaza, como por ejemplo un grado en el caso de los diplomados, o un máster o doctorado. Y que esos estudios deben ser a tiempo completo. En este punto, los sindicatos han propuesto vías alternativas, como puede ser el que haya que certificar realmente la asistencia a los cursos de idiomas o a los ciclos de Formación Profesional y que estos no sean compatibles con el horario laboral. Si el horario permite compaginar el trabajo con los estudios, no se podrá renunciar.

Restricción de zonas

Restricciones geográficas y temporales. Los interinos que por razones de conciliación de la vida familiar y laboral no pueden hacer grandes desplazamientos para hacerse cargo de una plaza pueden solicitar una restricción de zona, lo que les permite ejercer tan solo en un radio de 60 kilómetros. Sin embargo, existen casos de personas que piden una restricción de zona y después marcan varias áreas de Galicia -puede ser que pida solo las ciudades, por ejemplo-. Y hasta hay quien restringe la zona a aquellos puntos donde no existe la especialidad, lo que les garantiza que no lo llamen para hacer sustituciones. La Administración pretende redimensionar esas zonas, restringir el número que se pueden marcar y además asegurarse de que la especialidad del que solicita la restricción exista en aquella zona que pide para trabajar. También ha propuesto que la restricción se pueda solicitar solo en unas fechas determinadas: entre el 15 de julio y el 18 de agosto. Por supuesto, se contemplarán las excepciones, como tener que solicitar la restricción por una causa sobrevenida. Esa acotación estará vigente durante todo el curso, al igual que las renuncias. Y en esto serán estrictos.

Llamadas telefónicas

Penalizarán al que no coja. Un profesor sabe que queda vacante una plaza de las consideradas malas (por estar muy lejos o muy apartada, por ejemplo), así que decide no atender la llamada de la Administración que le va a adjudicar ese puesto. Es la picaresca con las llamadas telefónicas que también pretende enmendar la Xunta. ¿Cómo? Penalizando a aquellos que no atiendan el llamamiento telefónico. Hay dos posibilidades: o que se le adjudique de oficio la última vacante o sancionar al interino con una semana sin llamamiento. A la tercera sanción, sería expulsado de las listas. El llamamiento telefónico se producirá en dos ocasiones por persona.