Los nuevos inspectores universitarios tendrán entre sus prioridades vigilar títulos de centros extranjeros

E. Á. SANTIAGO / LA VOZ

GALICIA

En veinte días entra en vigor el decreto que regula este trabajo en Galicia y que incluye la creación de un equipo formado por funcionarios de los grupos A1 y A2

08 abr 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

En veinte días entra en vigor el decreto que regula la inspección universitaria en Galicia, que incluye la creación de un equipo de inspectores formados por funcionarios de los grupos A1 y A2. No obstante, la Xunta aún no ha determinado cuándo comenzarán a trabajar estos profesionales, ni cuántos serán en toda Galicia.

Entre los objetivos prioritarios de este equipo -Educación dice que no será un nuevo cuerpo- figuran vigilar que universidades y centros cumplen con los requisitos y compromisos con los que se crearon y que sus enseñanzas cuentan con la pertinente autorización «en especial das que o sexan conforme a sistemas educativos estranxeiros». El decreto desarrolla la Lei 6/2013 del Sistema Universitario de Galicia, y la creación de la figura del inspector se debe a la proliferación de instituciones y centros que tienen cabida en el espacio europeo de la educación superior, y a la necesidad de distinguir entre enseñanzas universitarias y otras que, aun siendo superiores, no están en centros universitarios. Se exige por lo tanto a los inspectores que comprueben cómo se usa el término universitario o el de los centros, enseñanzas y títulos «evitando o emprego de denominacións que poidan inducir a confusión».

Los inspectores acudirán a los centros avisando previamente o sin hacerlo, si tienen indicios de irregularidades. Además podrán acceder a cualquier lugar del centro, «aínda que non estean abertos ao público en xeral».

Cierres cautelares

En el caso de que detecten un perjuicio para los usuarios, la consellería podrá adoptar medidas provisionales que pueden consistir en el cierre de la institución en la que se imparte la docencia o la suspensión de las actividades. Eso sí, si en quince días no se inicia un procedimiento sancionador estas medidas cautelares quedan anuladas.

El decreto recoge que el expediente que abran los inspectores deberá resolverse en un plazo de seis meses, y podrán tipificarse sanciones muy graves, graves o leves. En el primero de los casos, la multa puede alcanzar los 300.000 euros, el cierre total o parcial de las instalaciones y la revocación de la actividad.

Son faltas muy graves, según recoge la propia Lei 6/2013, impartir títulos universitarios sin autorización en Galicia; publicidad engañosa respecto a esta autorización; incumplir los requisitos mínimos de calidad en lo que se refiere al personal docente e investigador o los espacios; la falta de veracidad de la documentación; o que los centros extranjeros que imparten en la comunidad estudios incumplan la normativa universitaria.

Serán funcionarios de carrera previamente habilitados

El equipo de inspección estará formado por personal funcionario público de carrera de los grupos A1 y A2, previamente habilitado y acreditado para el ejercicio de las funciones de inspección. Cuando acudan a alguna institución por iniciativa propia o por una denuncia previa deben recoger en el acta la hora de inicio y fin de la inspección, los datos del centro, los hechos constatados y la infracción que conlleva. Los representantes de los centros tendrán quince días para presentar alegaciones.

Si la inspección solo constata exigencias fácilmente enmendables, pueden notificarse en el acto y subsanarse en quince días.