El ladrón del Códice Calixtino no cumplirá más de 9 años por robar cartas

Xurxo Melchor
Xurxo Melchor SANTIAGO / LA VOZ

GALICIA

El Código Penal establece que el máximo de condena no podrá exceder el triple del tiempo que se le imponga por la más grave de las penas en que haya incurrido

28 mar 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

Al ladrón confeso del Códice Calixtino el fiscal le ha solicitado 18 meses de prisión por cada uno de los 162 delitos contra la intimidad de los que le acusa por robar correspondencia de sus vecinos. La pena total ascendería a 243 años, pero el Código Penal establece en su artículo 76.1 que «el máximo de cumplimiento efectivo de la condena del culpable no podrá exceder del triple del tiempo por el que se le imponga la más grave de las penas en que haya incurrido, declarando extinguidas las que procedan desde que las ya impuestas cubran dicho máximo». De este modo, la pena a la que realmente se expone Manuel Fernández Castiñeiras a petición del ministerio público es de cuatro años y medio.

La acusación particular también ha previsto en su petición de pena el límite de cumplimiento establecido en el artículo 76.1 del Código Penal. En el caso de la representación de los vecinos afectados por el robo de correspondencia por parte de Fernández Castiñeiras, le solicitan 36 meses de prisión por cada uno de los 162 delitos. Así, los 885 años de petición de cárcel quedarían en realidad limitados a un cumplimiento máximo de nueve años.

Lo mismo sucede con las multas que fiscal y acusación particular han solicitado. El ministerio público le pide 15 meses con una cuota diaria de 30 años por cada uno de los 162 delitos, por lo que el montante global ascendería a 2.187.000 euros, pero con el límite previsto en el Código Penal queda reducido al triple de los 13.500 euros que se solicita por cada delito, es decir, 40.500 euros. La acusación particular eleva la multa a 20 meses con cuota diaria de 30 euros. Ascendería a 5.310.000 euros, pero al aplicar la limitación del artículo 76.1 del Código Penal se reduce a un máximo de 98.333 euros, que es el triple de la pena máxima que se pide, que son 32.778 euros por cada uno de los 162 delitos contra la intimidad de los que se le acusa. El delito contra la intimidad del que el fiscal acusa Fernández Castiñeiras está incluido en el apartado 1 del artículo 197 del Código Penal, que prevé penas de uno a cuatro años de cárcel y multas de 12 a 24 meses.