Los Veintisiete pactan las nuevas normas de deportación

Juan Oliver

INTERNACIONAL

23 may 2008 . Actualizado a las 02:00 h.

Los embajadores de los Veintisiete lograron ayer un acuerdo sobre la directiva de retorno, la norma que pretende crear mecanismos homologados expulsar a inmigrantes irregulares. El texto deberá someterse en junio al dictamen del Parlamento Europeo, donde muchos eurodiputados han advertido que no apoyarán una norma que consideran contraria a los derechos humanos.

Retención

Se establece un límite de seis meses para la confinación de inmigrantes en centros de retención -algunos países ni siquiera cuentan con un plazo máximo-, pero se extiende el límite de privación de libertad a dieciocho meses, aunque el afectado no haya cometido delito alguno, cuando las autoridades detecten «falta de colaboración».

Asistencia jurídica

Los embajadores acordaron eliminar de la propuesta la obligatoriedad de los Estados de prestar a los inmigrantes asistencia legal para enfrentarse al procedimiento de expulsión. Los Veintisiete se pliegan así a las reticencias de Alemania ante el coste de esa medida, pero se enfrentan al Parlamento Europeo, que les había advertido de que no aprobaría la norma si el asesoramiento jurídico no estaba garantizado. En su nueva redacción, el texto deja en manos de cada país la posibilidad de prestar o no ese servicio.

Menores

La norma permitirá privar de libertad, confinar en centros de retención y expulsar de la UE a los menores que permanezcan irregularmente en un país, obviando los derechos que los amparan según la Convención sobre los Derechos del Niño.

Cárcel

La directiva avala la posibilidad de que, a falta de centros especializados, se pueda internar a los irregulares en cárceles convencionales, aunque siempre en módulos separados de los presos comunes.

Cinco años

La norma permite prohibir la entrada en la UE durante un máximo de cinco años a los inmigrantes expulsados por estancia irregular. Esa medida incluye a quienes deseen entrar con visado de turista para visitar a sus familiares legales.

Deportación a un tercer país

En circunstancias excepcionales, los Estados podrán deportar a un ciudadano que haya entrado ilegalmente en su territorio no a su país de origen, sino a aquel desde el que haya viajado a la UE.