Los parques eólicos deben respetar la señal de televisión

La Voz

LUGO

La Xunta recuerda esa obligación en un parque de Meira y Riotorto

11 feb 2011 . Actualizado a las 06:00 h.

Los parques eólicos están obligados a garantizar la recepción de la señal de televisión, y las empresas que los explotan deben «adoptar as medidas necesarias» para devolver a la señal televisiva la calidad que tenía si se observan anomalías en la recepción que resulten «directamente atribuíbles» a esas instalaciones.

Así se recoge en una resolución de la Consellería de Economía e Industria que se publicó ayer el Diario Oficial de Galicia (DOG) y que hace referencia a las instalaciones del parque eólico Fonseca, situado en los términos municipales de Meira, Riotorto y A Pontenova y promovido por la empresa Gamesa Energía.

En la resolución, emitida con fecha del 29 de diciembre pasado, se explica que la empresa Retevisión I presentó un informe según el cual la instalación de los aerogeneradores afectaría a la recepción de la señal televisiva, por lo que esa compañía solicitaba que se exigiesen a la promotora del parque las medidas pertinentes si se presentaba algún problema en este sentido.

La administración explica, en los fundamentos de derecho, que a tenor de la respuesta dada por la empresa promotora del parque a la cuestión formulada por Retevisión cabe admitir que cualquier anomalía en la señal televisiva deberá ser arreglada por la que explota el parque eólico.

Zona en expansión

Las instalaciones autorizadas tienen una potencia de 26 megavatios. En esos municipios se han instalado últimamente varios parques eólicos, que en algunos casos ocupan terreno de varios concellos; e incluso, según fuentes consultadas, está prevista la próxima construcción de alguno más.