Comuneros de Pedrafita instan al alcalde de As Nogais a probar la titularidad del monte que disputan
LUGO
Comuneros de Pedrafita han querido dar su versión acerca del conflicto que mantienen con el vecino municipio de As Nogais por la traída de agua para la aldea de A Pintinidoira, cuya canalización tiene que pasar por un monte comunal cuya propiedad se disputan ambos ayuntamientos. Aunque reconocen que son «los primeros interesados en que A Pintinidoira y demás aldeas tengan agua», los comuneros de Pedrafita afirman no estar dispuestos a que el alcalde de As Nogais, José Luis Coedo, imponga su autoridad.
Según ellos, en una asamblea celebrada en abril del 2005 habían decidido no autorizar el paso por sus montes de las tuberías para la traída de agua si no recibían una compensación económica. Como el regidor de As Nogais hizo caso omiso de tal decisión, los comuneros presentaron una denuncia en el Juzgado de Becerreá, que supuso la paralización de las obras en julio de ese mismo año.
Para poder seguir adelante con dichas obras, que suponían la tala de pinos en una franja de monte de 600 metros, de los 2.200 afectados, los comuneros de Pedrafita exigieron entonces 15.000 euros y que se dejase un camino por donde pasasen las tuberías, además de reconocer el deslinde entre los dos concellos. Tampoco en este caso el alcalde de As Nogais atendió esta solicitud, con lo cual los comuneros interpusieron otra denuncia. Aunque el Juzgado de Becerreá y el TSXG fallaron a su favor, falta por pronunciarse la Audiencia Provincial de Lugo.
A la afirmación realizada por Coedo de que el monte en litigio pertenece al pueblo de A Pintinidoira y al ayuntamiento de As Nogais, los comuneros de Pedrafita responden que «si tiene documentación que la presente y que deje de decir mentiras y de enfrentar a los pueblos». Por último recuerdan que «el monte de Pedrafita tiene una escritura de propiedad de principios del año 1.800 y los actuales montes son los montes comunales que fueron puestos en el año 1977, donde están los límites. Para que el monte deje de ser comunal y la documentación antigua vuelva a tener validez tiene que existir una sentencia de un juzgado».