El Constitucional admite un recurso de la transexual lucense

La Voz

LEMOS

08 feb 2008 . Actualizado a las 13:51 h.

El Tribunal Constitucional admitió a trámite el recurso de amparo presentado por la transexual lucense Alexia Pardo contra una sentencia de la Audiencia Provincial que limita los encuentros con su hijo biológico. El recurso está planteado sobre la base de la discriminación hacia una persona transexual.

La Audiencia Provincial de Lugo ratificó una sentencia de un juzgado de primera instancia que concedió un régimen de visitas en sábados alternativos de 17 a 20 horas, con presencia de ambos progenitores y ante un equipo de especialistas médicos. La transexual lucense considera que por su condición le están aplicando el mismo régimen que se aplica a padres sobre los que existen dudas de abusos sexuales o de violencia.

La sentencia recurrida pone de manifiesto que un sistema normal de visitas «supondría un riesgo para la salud emocional del menor, que progresivamente se habituará -como de hecho ya está haciendo pues la relación afectiva es buena- a la decisión del cambio de sexo adoptada por su progenitor».

Alexia Pardo inició su peregrinación por los juzgados a raíz de que le comunicara a su ex esposa, poco después de la separación, su deseo de someterse a una reasignación de sexo. La madre pidió la retirada de la patria potestad del menor, que hasta ese momento disfrutaba de un régimen normal de visitas, como el de la mayoría de las parejas que dejan de convivir.

La sentencia recurrida ahora en amparo ante el Tribunal Constitucional considera que debe primar el interés del menor y que es preciso mantener el régimen de visitas por la inestabilidad emocional del padre, que podría suponer un riesgo para la salud emocional del menor.

Este caso fue apoyado por el Colectivo de Gays de Madrid, que aglutina a lesbianas, gays y transexuales y del que es responsable la también transexual Carla Antonelli.