El TSXG anula el acuerdo de la Xunta para construir una piscifactoría en Rinlo

EFE

GALICIA

Se trata de la segunda resolución judicial en contra que ha emitido en los últimos meses el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

18 nov 2009 . Actualizado a las 15:19 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) emitió una sentencia que anula un acuerdo adoptado por el Consello de la Xunta de Galicia en funciones (2005), por el que se aprobaba el proyecto para la construcción de una piscifactoría en localidad de Rinlo, en el municipio lucense de Ribadeo.

Se trata de la segunda resolución judicial en contra de esta piscifactoría que ha emitido en los últimos meses el TSXG y que hoy dio a conocer la portavoz de la Asociación para la Defensa Ecológica de Galicia (ADEGA), Adela Figueroa.

Las acciones contra esta piscifactoría que Acuanor pretendía instalar en Rinlo estuvieron promovidas por ADEGA, tanto oponiéndose físicamente, en un primer momento, al movimiento de tierras, como, posteriormente, con acciones judiciales.

En una sentencia anterior (23 de septiembre de 2009), el TSXG ya había emitido otra resolución en la que se pronunciaba en contra de la resolución de la declaración de impacto ambiental.

Con esta segunda sentencia, el abogado que representó los intereses de ADEGA, Apolinar Gómez Roca, hizo hincapié, en una conferencia de prensa, en que se anula el proyecto sectorial que permitía la puesta en funcionamiento de la piscifactoría.

Los argumentos que esgrime el alto tribunal gallego son fundamentalmente dos: que la declaración de impacto ambiental en que se sustentaba ya fuera anulada previamente por otra sentencia y que no estaba justificada la ubicación en la servidumbre de protección de la zona de dominio público marítimo terrestre.

La sentencia considera «inaceptable» la afectación medioambiental que el proyecto iba a tener en un Lugar de Interés Comunitario (LIC), protegido por la Red Natura de la UE.

También se esgrime, entre otras consideraciones, la falta de suficiente justificación de la ubicación de ciertos elementos del proyecto, como tanques de preengorde y engorde, dentro de la Zona de Servidumbre de protección del Dominio Público Marítimo Terrestre.

El letrado de ADEGA concluyó que a la vista de ambas sentencias queda claro que resulta «inviable» la ubicación de este proyecto de acuicultura en la localidad de Rinlo, perteneciente al LIC «As Catedrais».

Figueroa remarcó que estas dos sentencias son las primeras que se fallan en Galicia a favor de un espacio de Red Natura y en contra de intereses privados, por lo que, advirtió, «constituyen un precedente que se puede aplicar con relación a otros proyectos que atenten probadamente contra la normativa europea que regula la conservación de hábitats de la Red Natura 2000».