La Xunta fija el 1 de julio como la fecha de inicio del período de alto riesgo de incendios forestales

Luís Villamor

GALICIA

25 jun 2008 . Actualizado a las 02:00 h.

La Consellería do Medio Rural ha establecido la época de riesgo «alto» de incendios entre el 1 de julio y el 1 de octubre, según la orden que ha remitido al Diario Oficial de Galicia . La Xunta ha retrasado en quince días la entrada en vigor de las restricciones que conlleva -entre otras, la prohibición de encender hogueras de recreo o la quema de matorrales- por resultar este un año más húmedo.

A partir del 1 de julio quedará prohibido encender fuego en el monte, como actividad de ocio o bien para cocinar alimentos, así como la quema de matorrales o cualquier sobrante de explotación y limpieza, según establece la Lei de Prevención e Defensa contra os Incendios Forestais. En las zonas que no sean de alto riesgo las hogueras podrán encenderse en los espacios acotados. Los cohetes y fuegos artificiales quedarán vinculados a las autorizaciones previas de los concellos respectivos.