El Tribunal Superior falla a favor de Cultura y permite inspeccionar el pazo de Meirás

GALICIA

19 mar 2008 . Actualizado a las 02:00 h.

Finalmente y tras el fallo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), los técnicos de la Consellería de Cultura podrán inspeccionar el pazo de Meirás, cuestión a la que se negaba la familia Franco tras ampararse en sus derechos a la intimidad y a la inviolabilidad de su domicilio.

La resolución del pasado día 12 que llegó ayer a la Xunta establece que ambas partes deberán ponerse de acuerdo para fijar la fecha de la inspección del estado de los bienes patrimoniales. Sin embargo, el fallo impone que no se publicite cuándo se realizará.

El alto tribunal otorga un plazo de cinco días a la familia Franco, propietaria del pazo de Meirás, para presentar un recurso de súplica contra esa medida, aunque desde la Xunta se apunta que la sentencia es ejecutiva y no habría por qué esperar a una nueva resolución. Desde Cultura ya se apuntó que la visita se prevé realizar en un plazo corto de tiempo, en cuanto se llegue a un acuerdo con los propietarios. Destacan que este es el segundo auto favorable a la inspección, después de que el pasado octubre el TSXG denegara la suspensión cautelar solicitada por los propietarios en el contencioso-administrativo.

Un año de conversaciones

Desde la consellería se recuerda que desde Patrimonio llevan un año en conversaciones con la familia Franco, para poder inspeccionar la conocida como Torre de Meirás. Cultura había informado que la visita se realizaría el 30 de agosto. Ese día el abogado de los Franco impidió el paso a una historiadora de arte, una arquitecta y un arqueólogo, tras informarles que había solicitado un día antes la suspensión cautelar de la autorización.

La Xunta indicó que, ante los infructuosos intentos de entrar en el pazo, optó por solicitar el amparo de la Justicia y, por otra parte, inició un expediente sancionador contra los propietarios por impedir la entrada, alegando que incumplen el artículo 90.b de la Lei de Patrimonio Cultural de 1995, en la que se recoge como una infracción leve «a obstrucción da capacidade de inspeccionar que ten a Administración sobre os bens do Patrimonio Cultural de Galicia», teniendo en cuenta que el pazo es un bien inventariado.

La conselleira de Cultura, Ánxela Bugallo, se mostró satisfecha con la resolución judicial y destacó: «Ademais é unha obriga tendo en conta que xa forma parte do inventario do patrimonio cultural de Galicia».

El alcalde de Sada, Abel López Soto, consideró que la resolución judicial supone dar la razón al Concello y a la Xunta. Recordó que la declaración de bien de interés cultural (BIC) es beneficiosa para el conjunto de la ciudadanía, ya que supone la obligación a abrir al público al menos cuatro días al mes las estancias que lograran esa calificación.