El Concello de Ferrol había impedido a la compañía instalar la base en el tejado de un edificio.
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ferrol, favorable al Concello y contra Telefónica.
En Concello de Ferrol había denegado la licencia de actividad a la compañía para una estación base de telefonía móvil en la calle Alegre, 9-11, es decir, en el tejado de un edificio. El fallo del juzgado ferrolano señalaba que el Concello actuó correctamente.
Contra esta sentencia la compañía apeló ante el TSXG. Este tribunal, aunque acepta la apreciación que realiza la compañía en el sentido de que el juzgado ferrolano apenas motivó su resolución, confirma el fallo. Tampoco tiene valor en este caso, añade, que el arquitecto municipal hubiese informado favorablemente el proyecto, o del Ministerio de Industria. Existe, añade el TSXG, la autonomía municipal y por tanto su ordenanza de antenas de telefonía móvil exige que al presentar la petición de licencia se acompañe de una descripción clara del entorno, materiales de la antena, disposición geográfica de la red y emplazamiento concreto de los elementos y equipos de telecomunicaciones que la constituyen.
Documentos
Es necesaria también documentación fotográfica, gráfica y escrita, redactada por técnicos competentes que justifiquen el impacto visual que tendrá «claramente», dice la ordenanza, la instalación del equipo de la antena.
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