La norma, que entra en vigor mañana, conllevará la excarcelación de algo menos de 4.000 reclusos
22 dic 2010 . Actualizado a las 02:00 h.Las cárceles españolas son un hervidero. Mañana acaba la vacatio legis y entra en vigor la Ley Orgánica 5/2010 que recoge la última reforma en profundidad del Código Penal. Una reforma que obliga a adecuar las penas al nuevo código, cuando beneficien al reo, lo que afectará, según fuentes judiciales que manejan datos de Instituciones Penitenciarias, a un 22% de la población reclusa con sentencias firmes -algo más de 13.000 presos-, pero solo implicará la excarcelación de un 6%, es decir, unos 3.600.
La aplicación no será automática. Requiere una petición expresa por parte del interesado que habrá de ser informada por el fiscal correspondiente y luego el juez sentenciador será el encargado de aplicarla. Este proceso que empieza mañana, a la vista del atasco que sufren los juzgados y de la falta de personal específico que se pueda dedicar a él en exclusiva, durará meses. Esto dio pie al ministro de Justicia a declarar el pasado lunes en Canarias que la aplicación del nuevo código no comportará excarcelaciones masivas.
Los beneficiados por la revisión a la baja serán mayoritariamente condenados por tráfico de drogas -heroína y cocaína- a pequeña y media escala. Ello es consecuencia de la modificación del artículo 368 del viejo Código Penal, cuyo tipo básico fijaba penas de hasta nueve años por estos delitos y ahora rebaja el tipo a seis años. Las circunstancias agravantes, que antes se calculaban sobre el tipo básico, ahora bajan en la misma proporción.
Otra novedad importante que introduce la reforma en materia de drogas es que los tribunales podrán imponer la pena inferior en un grado, «en atención a la escasa entidad del hecho y a las circunstancias personales del culpable». Ello evitará que un toxicómano que sea detenido mientras pasa unas papelinas tenga que ser condenado a un mínimo de tres años.
La Audiencia Nacional, que juzga el gran tráfico de drogas, está ultimando la revisión de algo más de mil sentencias que afectan básicamente a tripulantes de barcos interceptados con alijos de drogas y a correos y mulos procedentes de Latinoamérica que son detenidos en los aeropuertos con distintas cantidades de droga en su propio cuerpo.
En menor medida se beneficiarán los condenados por delitos contra la seguridad vial que, además de verse privados del permiso de conducir, han sido condenados a penas de prisión o trabajos en beneficio de la comunidad y multa. A partir de mañana, solo se podrá imponer una de las dos penas, además de la retirada del permiso.
La modificación a la baja de las penas relacionadas con la propiedad intelectual o industrial también dejará sin penas de prisión a los manteros.
La reforma también incluye otras novedades menos publicitadas pero que no por ello son menos trascendentes. Así, da carta de naturaleza legal como circunstancia atenuante y, por tanto, modificativa a la baja de la responsabilidad criminal, a las dilaciones indebidas. Para ello exige que el retraso en la tramitación de la causa tenga carácter extraordinario, que no guarde proporción con la complejidad de la misma y que no sea atribuible al propio imputado.
Una de las novedades de la reforma que va a tener efectos muy positivos es la supresión de la exigencia, como norma general, de tener cumplida al menos la mitad de la pena para clasificar a un recluso en tercer grado. A partir de ahora ese requisito no es exigible en función de la cuantía de la pena sino del tipo de delito.