07 feb 2010 . Actualizado a las 02:00 h.
Las conductas de acoso laboral e inmobiliario serán castigadas como delitos de torturas y contra la integridad moral. Se entiende por tal el hostigamiento psicológico u hostil en el marco de cualquier actividad laboral o funcionarial, que humille al que lo sufre, imponiendo situaciones de grave ofensa a la dignidad.
La reforma tipifica como coacciones las conductas acosadoras de hostigamiento y abuso, en la mayoría de los casos con fines especuladores, para forzar que alguien se vaya de su casa, independientemente de que esta sea propia o arrendada.