«No entendemos que el magistrado pueda ser objeto de una persecución penal»

ESPAÑA

Un día antes de que se hiciese pública la fecha de la comparecencia de Baltasar Garzón ante el Tribunal Supremo para declarar como imputado por un presunto delito de prevaricación, la Comisión Internacional de Juristas (CIJ) hizo público un comunicado en el que califica de persecución penal y de injerencia judicial la admisión a trámite de la querella contra el magistrado de la Audiencia Nacional. Massimo Frigo, consejero jurídico asociado de la CIJ, explica a La Voz desde Ginebra los motivos.

-¿Qué les llevó a intervenir en el tema Garzón?

-Lo que más nos preocupa en este caso es que se trata de una persecución penal de un juez por su intervención en un asunto en el que lo único que se cuestiona es su competencia para intervenir en ese asunto. Por otra parte, no se puede olvidar que el pronunciamiento de la Audiencia Nacional sobre si era competente no fue unánime. Eso significa que tenían algunas dudas. Por eso no entendemos que Garzón pueda ser objeto de persecución penal. El derecho internacional no permite perseguir casos como este penalmente.

-¿Hay muchos precedentes de posicionamientos como este?

-Es la primera vez que intervenimos en medios de prensa sobre un caso en España. Sí hemos hecho otros análisis en informes sobre medidas jurídicas que pasaron a las Naciones Unidas.

-¿Lo hicieron por iniciativa propia o a instancia de parte?

-Fue iniciativa de la propia comisión.

-¿Y el momento de hacerlo, un día antes de la comparecencia del juez Garzón ante el Supremo?

-Ha sido una coincidencia totalmente casual. Como sabíamos que en agosto los tribunales están cerrados, por eso lo sacamos anteayer. Hoy [por ayer] nos enteramos que la citación era para mañana [hoy].

-La decisión del Tribunal Supremo de admitir a trámite la querella fue adoptada unánimemente por cinco magistrados.

-Ciertamente, lo que más nos sorprende es que esta querella haya sido admitida a trámite. También es cierto que las instituciones judiciales españolas hasta ahora han funcionado muy bien. Por eso confiamos en que el Tribunal Supremo, más tarde o más temprano, acabará archivando esta causa.

-Cuestiones de competencia aparte, ¿considera que unos crímenes cometidos en muchos casos hace más de 50 años debe ser perseguidos judicialmente en la actualidad?

-Desde el punto de vista jurídico, hay normas internacionales, en el pacto internacional de derechos civiles y políticos y en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, que dicen claramente que los crímenes de guerr y contra la humanidad son siempre imprescriptibles.

-¿Incluso cuando han sido objeto de una amnistía aprobada por un Parlamento cuya condición democrática no se discute?

-Es norma establecida en el derecho internacional que los crímenes de guerra y de lesa humanidad, genocidio o torturas no pueden ser cubiertos por ninguna ley de amnistía. Por eso ninguna ley puede impedir investigarlos.