El Supremo aclara que el abono de una sanción no impide el recurso contra la pérdida de puntos

Efe

ESPAÑA

El Tribunal Supremo aclara en una sentencia que el hecho de que un conductor pague una multa de tráfico no supone que renuncie al derecho a recurrir la pérdida de puntos del carné que conlleve la infracción. Así lo indica en una sentencia en la que, sin embargo, desestima un recurso presentado por Automovilistas Europeos Asociados (AEA) contra algunos de los preceptos de la norma que regula el permiso por puntos.

Para el Supremo, es legal que un conductor reconozca ser autor de la infracción objeto de la sanción y abone la multa pero, al mismo tiempo, discrepe del número de puntos que se le pretenden restar. Además, los magistrados estiman que es «exigible» que durante la tramitación del expediente el conductor quede «cumplidamente informado» de los puntos que podrá perder una vez que la sanción sea firme.

En su demanda, AEA consideraba que la DGT debía informar de forma expresa al ciudadano de que había perdido alguno de sus puntos, y no solamente cuando se ha quedado sin crédito y, por tanto, ha perdido la vigencia del carné.

Fuentes de Tráfico aseguraron ayer que todas las sugerencias del Supremo ya han sido recogidas en el nuevo Reglamento General de Conductores, aprobado el pasado mes de mayo.