¿Qué consecuencias prácticas se derivan del acuerdo de ayer de la Sala de lo Penal de la Audiencia? Todo apunta a que partir de ahora la decisión sobre la apertura de las fosas comunes, que formalmente era el fin último de las denuncias presentadas por las distintas asociaciones de la memoria histórica, queda en manos de los jueces locales, en los que los propios juzgados centrales podrán seguir remitiendo las peticiones que le lleguen.
Si como interpretan algunas fuentes consultadas el acuerdo plenario de ayer no anula de plano la inhibición, sino la causa en bloque, todo apunta a que las partes podrán continuar pidiendo al juez la apertura de nuevas fosas y este estará habilitado para trasladárselas a los juzgados territoriales en virtud de las conocidas como diligencias de previsión.
La gran incógnita radica en saber qué criterio van a seguir los distintos jueces destinatarios de esas peticiones y en qué medida la Ley de la Memoria Histórica condiciona sus decisiones.