Un juez declara nulos 38 contratos de derivados financieros en Galicia

Xoán Ramón Alvite Alvite
x. r. alvite REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

El auto judicial obliga al Banco Popular a devolver casi medio millón de euros

09 sep 2011 . Actualizado a las 06:00 h.

El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Santiago de Compostela ha anulado una demanda conjunta de 38 contratos de permuta financiera de tipos de interés, también conocido como swap o clip, que obliga al Banco Popular a devolver a los clientes cerca de 500.000 euros. La sentencia da la razón a los demandantes al incurrir estos en un «error de consentimiento» al no disponer de la información suficiente para suscribir un producto financiero de alto riesgo que, en principio, está destinado únicamente a inversores experimentados.

Según el fallo, la entidad bancaria «no proporcionó a los demandantes, como le hubiese correspondido, una información suficiente y hábil para alcanzar un conocimiento suficiente del contenido, características y riesgos que asumían con su suscripción». El titular del juzgado señala de forma explícita que los consumidores no conocían perfectamente el contenido de lo que firmaban así como los efectos «gravemente perjudiciales» que para su patrimonio podría tener la bajada de los tipos de interés. En este sentido, reprocha a los responsables de las oficinas bancarias «graves omisiones de información» así como la inexistencia de actuaciones para evaluar la experiencia del cliente en el ámbito de la inversión financiera.

Por su parte, los responsables de la sucursal donde se firmaron la mayoría de estos contratos declinaron realizar valoraciones sobre la sentencia o sobre si presentarán recurso.

Esta es la mayor demanda conjunta presentada en Galicia y una de las más elevadas, cuantitativamente, de toda España relacionada con los contratos de permutas financieras de tipos de interés. Esto abre las puertas, según el letrado de los afectados Juan José Pérez Barreiro, a que otros pequeños ahorradores en su misma situación puedan conseguir anularlos.

Estos se ofrecían, a quienes firmaban un crédito hipotecario, como una especie de seguro de cobertura de intereses que los protegía ante posibles subidas del euríbor. Los swaps o contratos de IRS, son productos financieros a través de los cuales se intercambian flujos de tipos de interés. Es decir, lo que hace el cliente es cambiar con su banco el tipo de interés variable por uno fijo. De este modo, si el interés supera lo pactado es la entidad la que paga al cliente el diferencial acordado, mientras que si sucede lo contrario debe ser el cliente el que haga lo propio con el banco. El problema radica en las descompensaciones que existen si la operación beneficia a la entidad o al cliente, que abona un diferencial mucho mayor.

Existe una enorme descompensación que beneficia al banco frente a los clientes