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VIVIENDA Firmar una hipoteca con dación en pago del piso duplicaría su coste

La ley permite saldar el préstamo entregando la casa si se pacta con el banco

Autor:
M. Á. RODRIGUEZ, S. VÁQUEZ
Localidad:
REDACCIÓN / LA VOZ
Fecha de publicación:
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Saldar la hipoteca con la entrega de la vivienda, lo que legalmente se conoce como dación en pago, es una posibilidad real que aparece recogida en el artículo 140 de la vigente ley hipotecaria. Otra cosa es que su aplicación sea prácticamente inexistente en España, en gran medida por el endurecimiento que acarrea de las condiciones del préstamo, cuyo coste llegaría a duplicarse según un reciente estudio firmado por la empresa Agencia Negociadora. El espectacular aumento de las ejecuciones por impago, que en Galicia han pasado de 700 anuales a casi 2.000 en apenas 48 meses, ha vuelto a situar esta opción, estandarizada desde hace años en países como Alemania o Estados Unidos, en una primera línea informativa.

Recientes sentencias avalan la dación en pago como una forma válida de saldar la hipoteca. Sin embargo, la ley española obliga al hipotecado a devolver el dinero «con sus bienes presentes y futuros». Esto implica que si el banco se queda con la vivienda y la subasta por un precio inferior a la tasación inicial, el titular de la hipoteca deberá devolver la diferencia. Es decir, perdería su vivienda y además estaría obligado a seguir pagando una deuda.

En España es posible firmar una hipoteca con la dación en pago acordada de antemano. La ley señala que debe hacerse de mutuo acuerdo entre el prestatario y el beneficiario, en el momento de la formalización del contrato. No es posible aplicarlo con carácter retroactivo ni modificar las condiciones una vez firmada la hipoteca, pese a que el interesado esté al corriente de pago en el banco.

Cuestión aparte es el coste de esta medida. Los estudios realizados señalan que, en caso de aceptar, el banco rebajaría hasta un 30 % el máximo financiable sobre el valor de la vivienda (hoy da el 80 %), obligaría a recortar el tiempo de vida de la hipoteca, y duplicaría sus tipos de interés, tanto si estos fuesen fijos como si fueran variables.

Fuentes bancarias sostienen que «prácticamente nadie» se interesa por esta posibilidad. Pero portavoces de las asociaciones de usuarios de banca lamentan que no sean las entidades las que informen a sus clientes de que esta opción «existe y, aunque con un coste adicional, es perfectamente factible».

 

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