Los bancos no podrán reclamar a los afectados las letras por las viviendas que no han sido entregadas

E. D. REDACCIÓN/LA VOZ.

ECONOMÍA

El dinero abonado por los compradores de viviendas de Martinsa Fadesa mediante letras de cambio como anticipo por casas que no se han llegado a construir no podrá ser reclamado por las entidades financieras, según se desprende de dos sentencias emitidas por juzgados de Burgos y Zaragoza contra el Banco Popular Español y Banesto.

Adicae, la asociación de usuarios que representó a los demandados, advierte que ambos bancos están presentando «decenas de demandas judiciales directamente contra los consumidores para recuperar el importe de las letras que las entidades financieras abonaron en su día a Martinsa Fadesa».

Según se recoge en la sentencia firmada por la jueza María Luisa Miranda, titular del juzgado n.º 5 de Burgos, el Banco Popular Español reclamaba a los compradores diez vencimientos en concepto de anticipos por un importe total de 2.400 euros por una vivienda adquirida a Martinsa en el 2007 y que se debía construir en Buniel (Burgos) en un plazo de 30 meses. Un mes después, la promotora había descontado antes las letras firmadas por los compradores sin esperar a su vencimiento. Con la entrada en concurso de acreedores de Martinsa, las obras quedaron paralizadas y los consumidores decidieron no pagar las letras pendientes. El banco optó por reclamar los vencimientos (el último con fecha de octubre pasado); pero la jueza desestimó la petición. La jueza explica en el fallo que el banco no puede exigir al comprador de vivienda que abone las letras previamente descontadas por la promotora, pues su importe ya no va a ser destinado a la construcción de la vivienda, según indica la ley.